REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Guama: Lunes, Once (11) de Noviembre de del Dos Mil Veinticuatro (2024).
AÑOS: 214º y 165º
Vistas las anteriores actuaciones de solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentadas por la Ciudadana: PAULA ROSA PEREZ AULAR venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, portadora de la Cédula de Identidad No. V-7.911.176, asistida por la Abg. MARTA ANDREA MATEUS HEREDIA inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 66.562 en el cual solicitó el Justificativo de Perpetua Memoria (TITULO SUPLETORIO) sobre unas bienhechurías, construidas sobre un Terreno de Propiedad del Comité de Tierras Urbanas (CTU) Centro Este, ubicado en la Calle 07 entre Avenidas 03 y 04, Sector Centro de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, cuyas medidas, linderos, especificaciones y características se encuentran detalladas en el escrito de solicitud. Se admitió en fecha Martes, Uno (01) de Octubre de Dos Mil Veinticuatro (2024), ordenándose la respectiva notificación al Ciudadano Alcalde del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, tal como lo establece el Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Seguidamente, fueron oídas las declaraciones de los testigos en fecha 08-10-2024 presentadas por la parte interesada, Ciudadanas: RAIZA MARIA LOPEZ SUAREZ y ROSA ELENA FERNANDEZ venezolanas, mayores de edad, portadoras de las cédulas de Identidad Nros. V-7.505.842 y V-4.476.180 respectivamente, las cuales son apreciadas por esta Juzgadora a favor de su promovente, por encontrarlas contestes entre sí, pues demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Posteriormente, el Alcalde del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, recibió en fecha 11-10-2024 la notificación de la presente solicitud, mediante oficio Nº 3320-161-2024, siendo consignada en esa misma fecha por el Ciudadano Alguacil Suplente de este Tribunal. Por su parte, la Ciudadana Abg. Claudia Álvarez Ramírez, Sindico Procurador del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, remitió su criterio favorable, recibido por este Tribunal en fecha 11-11-2024, Por las razones anteriormente expuestas,
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