REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
SAN FELIPE, DOS (02) DE OCTUBRE DE 2024
215° Y 165°
ASUNTO: UP11-L-2024-000007.-
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal a tenor de lo dispuesto en los artículos 69, 72 y 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo lo hace de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE:
En cuanto, a las PRUEBAS DOCUMENTALES promovidas en los CAPITULOS I y II, referente a ratificación de las pruebas consignadas con el libelo de la demanda:
• Copia del Expediente Administrativo Nro. expediente 057-2022-01-00225, emitido por la Inspectoría del Trabajo Sede San Felipe del estado Yaracuy, marcado con la letra “A”, (folios 36 con su Vto; 37 al 42; 43 con su Vto; folios 44 – 45 de la pieza Nº 01).
• Copia del Expediente Administrativo Nro. expediente 057-2023-01-00003, emitido por la Inspectoría del Trabajo Sede San Felipe del estado Yaracuy, marcado con la letra “B”, (folios 46 con su Vto; 47 al 53; 54 con su Vto; 55 - 56 de la pieza Nº 01).
• Copia del Expediente Administrativo Nro. expediente 057-2022-01-00118, emitido por la Inspectoría del Trabajo Sede San Felipe del estado Yaracuy, marcado con la letra “C”, (folios 57 al 65; 66 con su Vto; 67 al 70; 71 con su Vto; 72 de la pieza Nº 01).
• Copia del Expediente Administrativo Nro. expediente 057-2022-01-00219, emitido por la Inspectoría del Trabajo Sede San Felipe del estado Yaracuy, marcado con la letra “E”, (folios 73 con vto; 74 al 83; 84 con su vto; 85 - 87 de la pieza Nº 01).
• Copia simple del acta de ejecución voluntaria, realizada entre las partes en fecha 17 de julio de 2023, marcada con la letra “D”, (folios 120 con su Vto, pieza Nº 01).
• Copia simple del estado de cuenta del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, del mes de febrero de 2024, marcada con la letra “E”, (folios 121 al 123, pieza Nº 01).
• Copia simple de la referencia bancaria Nro. 069069082569, de la cuenta de ahorro bajo el Nro. 0102-0311-27-0100016580 de JOSE BECERRA, marcada con la letra “F”, (folio 124, pieza Nº 01).
• Copia simple de la referencia bancaria Nro. 070095051142, de la cuenta de ahorro bajo el Nro. 0102-0311-21-0103118400 de DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ, marcada con la letra “G”, (folio 125, pieza Nº 01).
Este juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En cuanto a la PRUEBA DE INFORMES promovida en el CAPITULO III, este Tribunal la ADMITE salvo su apreciación en la definitiva, ello por no resultar su promoción manifiestamente ilegal o impertinente en los términos de artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a cuyo efecto se ordena librar oficios a las siguientes Instituciones:
1.- INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY, ubicada en la Calle 15, esquina Avenida 10 del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, a los fines de que informe sobre los siguientes particulares:
a) Si en la Unidad de Tramites y Archivo de la Inspectoría del Trabajo sede San Felipe, se encuentran los siguientes expediente administrativos correspondiente a YSIDORO ANDRADES, de fecha 26/12/2022, siendo admitida y signándole el Número de Expediente 057-2022-01-00225, JOSE ABRAHAN BECERRA RODRIGUEZ, en fecha 09/01/2023, siendo admitida y signándole el Número de Expediente 057-2023-01-00003, NELSON EDUARDO LEON GONZALEZ, en fecha 26/12/2022, siendo admitida y signándole el Número de Expediente 057-2022-01-00219 y DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ en fecha 22/07/2022,el cual fue admitida y signado con el número de Expediente 057-2022-01-00118.
b) Si la representación patronal acató el reenganche de los trabajadores YSIDORO ANDRADES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.918.516; JOSE ABRAHAN BECERRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.581.554; DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.072.163 y NELSON EDUARDO LEON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.554.999; mediante el acta que se encuentra en el expediente de Mesa de Dialogo solicitado por la entidad de trabajo PROAGRO, C.A., y cumplida mediante acta voluntaria de ingreso a su puesto de trabajo de fecha 17 de julio de 2023.
c) Si existe un expediente de Mesa de Negociación y Dialogo, solicitado por la representación legal de la entidad de trabajo PROAGRO, C.A., en fecha 20/12/2023.
d) Si en las diversas reuniones realizadas con motivo de la mesa de Negociación y dialogo, la entidad de trabajo, se mantuvo con interés de solventar la situación del irrito despido recociendo la relación laboral con todos los trabajadores que se encuentran en dicho expediente que son los mismos que solicitaron reenganche y pago de salarios por despido.
e) Remita copia certifica del expediente correspondiente a la Mesa de Negociación y Dialogo solicitada por la representación patronal en fecha 20/12/2022.
f) Si en los expedientes 057-2022-01-00225; 057-2023-01-00003; 057-2022-01-00219; y 057-2022-01-00118, se consigno en fecha 19/07/2023, copia de la ejecución de reenganche de manera voluntaria entre las partes de fecha 17 de julio del año en curso, donde se presento el orinal a efecto vivendi para su certificación.
g) Si los Trabajadores arriba identificados que solicitaron reenganchen en el expediente mencionado, solicitaron conforme a lo establecido en el literal i del artículo 80 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, el retiro justificado.
h) Si existe una contratación colectiva homologada por esta Inspectoría entre la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PROAGRO GRANJAS NIRGUA, C.A DEL ESTADO YARACUY (SINTREPGRANEY).
i) Si dicha contratación colectiva se discutió mediante expediente Nro. 057-2015-04-00018.
j) Remita copia de la contratación colectiva homologada en fecha 22 de julio de 2016.
Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
2.- SALA DE NEGOCIACIÒN, CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO, ubicada en el Edificio Sur, Piso 5, Plaza Caracas del Distrito Capital, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguiente:
a) Si ante dicha Sala de Negociación se realizaron reuniones con el objeto de restituir los beneficios contractuales adeudados por la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, entre los años 2017 al 2018.
b) Indique a este Tribunal si la organización sindical SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PROAGRO GRANJAS NIRGUA, C.A DEL ESTADO YARACUY, (SINTREPGRANEY), participó en dichas reuniones de negociación.
c) Informe sobre las diligencias consignadas por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PROAGRO GRANJAS NIRGUA, C.A DEL ESTADO YARACUY, (SINTREPGRANEY), en la mesa de negociación antes mencionada.
d) Indique los acuerdos homologados durante la mesa de negociaciones sobre los beneficios contractuales dejados de cancelar por la entidad de trabajo entre los años 2016, 2017 y 2018. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
3.- SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO DE VENEZUELA, (SUDEBAN), ubicada en Edificio Sede Gerencial La Castellana, avenida Francisco de Miranda, cruce con avenida principal La Castellana, Chacao, Municipio Chacao, Estado Miranda, a los fines de que oficie al:
BANCO DE VENEZUELA, S.A, BANCO UNIVERSAL, para que informe sobre los siguientes particulares:
1.- Si existen las cuentas bancarias Número 0102-0311-28-0100016580, perteneciente a JOSE BECERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.581.554; Número 0102-0311-21-01032118400 perteneciente a DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.072.136
2.- Si en el Banco de Venezuela existe una cuenta a nombre de los trabajadores YSIDORO ANDRADES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 7.918.516; y NELSON EDUARDO LEON G GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.554.999.
3.- Si a dichas cuentas la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5, le realizan pagos por motivo de pago de nómina.
4.- Remita informe de los pagos realizados por la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5, por concepto de pago de nómina de los meses de septiembre 2022, octubre 2022, noviembre 2022, diciembre 2022, mayo 2023, junio 2023 y julio 2023.
5.- Remita informe de los pagos realizados por la entidad de trabajo PROAGRO, C.A. con registro información fiscal Nro. J-00103686-5, por concepto de pago de nómina de los meses septiembre 2021, octubre 2021, noviembre 2021, diciembre 2021, Enero 2022, Febrero 2022, Marzo 2022. De la cuenta Numero 0102-0311-21-0103118400 perteneciente a DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 17.072.163.
6.- Si a dichas cuentas la entidad de trabajo PROAGRO. C.A. Con registro de Información Fiscal 00103686-5, le realizan pagos por motivo o descripción PAGO A PROVEEDORES RECIB CCE.
7- Remita informe de los pagos recibidos por las cuentas bancarias Numero 0102-0311-27-0100016980 perteneciente a JOSE BECERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 7.581.554; que aparecen con los conceptos de PAGO A PROVEEDORES RECIB CCE, de los meses septiembre 2022, octubre 2022, noviembre 2022, diciembre 2022, mayo 2023, junio 2023, Julio 2023.
8.- Remita informe de los pagos recibidos por las cuentas bancarias Numero 0102-0311-21-0103118400 perteneciente a DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V 17.072.163; que aparecen con los conceptos de PAGO A PROVEEDORES RECIB CCE, de los meses septiembre 2021, octubre 2021, noviembre 2021, diciembre 2021, enero 2022, febrero 2022, marzo 2022
9.- Remita informe de los pagos recibidos por los trabajadores YSIDORO ANDRADES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 7.918.516; y NELSON EDUARDO LEON GONZALEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 7.554.999, que aparecen con los conceptos de PAGO A PROVEEDORES RECIB CCE. de los meses septiembre 2022, octubre 2022, noviembre 2022, diciembre 2022, mayo 2023, junio 2023, Julio 2023. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
4. - TODOTICKET 2004, C.A, RIF J-31286704-3, ubicada en su dirección principal Bello Monte, Avenida Venezuela, Torre América, Piso 9, oficina 916, o en su dirección fiscal Avenida El Recreo, Torre América, Piso 9, oficina 914 al 917, Sabana Grande, Caracas Distrito Capital, a los fines de que informe sobre los siguientes particulares:
1.- Si tiene un contrato de servicios con la entidad de trabajo PROAGRO, C.A, con registro de información fiscal Nº J-00103686-5.
2.- Informe si la entidad de trabajo PROAGRO, C.A. Con registro de información fiscal Nro. J-00103686-5,.Ordena pago a los ciudadanos YSIDORO ANDRADES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-7.918.516; JOSE ABRAHAN BECERRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 7.581.554; DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad., titular de la cedula de identidad Nro. V.- 17.072.163; y NELSON EDUARDO LEON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-7.554.999; por motivo del contrato suscrito entre esta empresa y la entidad de trabajo mencionada.
3.- Informe sobre los pagos realizados a los ciudadanos YSIDORO ANDRADES, venezolano, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 7.918.516; JOSE ABRAHAN BECERRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 7.581.554: y NELSON EDUARDOLEON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 7.554.983; en los meses Septiembre 2022, Octubre 2022, Noviembre 2022, Diciembre 2022, Mayo 2023, Junio 2023, Julio 2023.
4.- Informe sobre los pagos realizados al ciudadano DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V. 17.072.163; en los meses Septiembre 2021, Octubre 2021, Noviembre 2021, Diciembre 2021, enero 2022, febrero 2022, marzo 2022. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
Con respecto a la Prueba de Exhibición, concernientes a:
La documental marcada con la letra "D", contentiva del Acta de fecha 17 de Julio de 2023, Correspondiente a la ejecución voluntaria o acatamiento voluntario y convenido entre las partes del reenganche de los trabajadores enunciados en dicha acta, firmada por el gerente, encargado y jefe de personal ciudadanos EDUARDO PINERO, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 6.718.08;: ADIER PINTO, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 20.968.561 y EVELIN MEND0ZA, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 11.816.710.
En relación a la prueba de exhibición antes mencionada, este tribunal las ADMITE, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales, ni impertinente, en los términos del artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se fija la oportunidad de su evacuación para el día y la hora de la celebración de la audiencia de juicio, advirtiendo a la parte demandada que deben presentar dichos documentos en la oportunidad de efectuarse la referida audiencia.
PARTE DEMANDADA:
En cuanto al Principio Procesal de Comunidad de la Prueba promovido en el CAPITULO I, este tribunal no lo ADMITE, por cuanto el mismo no constituye medio de prueba.
Con relación a las PRUEBAS DOCUMENTALES promovidas en el CAPITULO II, referentes a:
• Recibos de pago de salario sin firmar, emitidos por el sistema nómina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador YSIDORO ANDRADES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.918.516, de los meses de noviembre y diciembre del año 2022, julio del año 2023 marcados con la letra “B1”, (folios 134 al 141, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de salario sin firmar, emitidos por el sistema nómina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador JOSE ABRAHAN BECERRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.581.554, de los meses de septiembre, octubre y noviembre del año 2022, marcados con la letra “B2”, (folios 142 al 149, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de salario sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.072.163, de los meses septiembre, octubre y noviembre del año 2022, marcados con la letra “B3”, (folios 150 al 157, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de salario sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador NELSON EDUARDO LEON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.554.999, de los meses de septiembre, octubre y noviembre del año 2022, marcados con la letra “B4”, (folios 158 al 165, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de vacaciones sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador YSIDORO ANDRADES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.918.516, marcados con la letra “B5”, (folios 166 - 167, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de vacaciones sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador JOSE ABRAHAN BECERRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.581.554, marcados con la letra “B6”, (folios 168 - 169, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de vacaciones sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.072.163, marcados con la letra “B7”, (folios 170 - 171, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de vacaciones sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador NELSON EDUARDO LEON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.554.999, marcados con la letra “B8”, (folios 172 - 173, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de utilidades sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador YSIDORO ANDRADES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.918.516, marcados con la letra “B9”, (folio 174, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de utilidades sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador JOSE ABRAHAN BECERRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.581.554, marcados con la letra “B10”, (folio 175, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de utilidades sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.072.163, marcados con la letra “B11”, (folio 176, pieza Nº 01).
• Recibos de pago de utilidades sin firmar, emitidos por el sistema nomina de la Entidad de Trabajo correspondientes al ex trabajador NELSON EDUARDO LEON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.554.999, marcados con la letra “B12”, (folio 177, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada con la letra “E”, (folios 178 con su Vto, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada con la letra “F”, (folios 179 con su Vto - 180, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada con la letra “G”, (folios 181 con Vto, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada con la letra “H”, (folio 182, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada “I”, (folio 183, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada “J”, (folio 184, pieza Nº 01).
• Copia simple de acta convenio, marcada con la letra “K”, (folios 185 con su Vto; 186, pieza Nº 01).
• Declaraciones de Impuesto Sobre la Renta (ISLR) correspondientes a los períodos 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 de PROAGRO, C:A. marcadas con la letra “M”, (folios 187 al 206 con sus Vto, pieza Nº 01).
Este juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar la misma manifiestamente ilegal ni impertinente, en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Con respecto a la Instrumental, Poder Especial, marcado con letra “A” (Folios 101 al 105 de la P.1), este Juzgado NO LO ADMITE, por no tratarse de un medio probatorio.
Con referencia a la RATIFICACIÓN DE DOCUMENTO Y FIRMA (PRUEBA TESTIMONIAL), promovida en el CAPITULO III, de la ciudadana: YOLANDA OSORIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.075.421, dirección: Av. Monseñor Adams del Viñedo, frente al restaurante Charlotte, Valencia, estado Carabobo, y a los miembros del Sindicato de Trabajadores de la empresa PROAGRO, Granjas Nirgua, C.A, los ciudadanos: HUMBERTO AROCHA, titular de la cedula de identidad Nº V-14.997.106, Cargo: Secretario General, CARLOS RUMBOS, titular de la cedula de identidad Nº V-12.752.901, Cargo: Secretario de Reclamo, FREDDY SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-11.271.497, ALBERTO EMILIO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-10.369.124, Cargo: Secretario de Actas y Correspondencia, JOSE PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-8.511.992, Cargo: Secretario de Cultura y Propaganda, CARLOS OZUNA, titular de la cedula de identidad Nº V-15.250.540, Cargo: Secretario de Deporte, JOSE DIAZ, titular de la cedula de identidad Nº V-6.717.536, Cargo: Segundo Vocal, y PEDRO CONTRERAS, titular de la cedula de identidad Nº V-15.455.874, para que ratifiquen documento y firma sobre informes marcados con las letras E, F, G, H, I, J y K, este tribunal la ADMITE de conformidad con los artículos 79 y 98 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que se fija la oportunidad de su evacuación en el día y hora de la audiencia de juicio.
En cuanto a la PRUEBA DE INFORMES, este Tribunal la ADMITE salvo su apreciación en la definitiva, ello por no resultar su promoción manifiestamente ilegal o impertinente en los términos de artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a cuyo efecto se ordena librar oficios a las siguientes Instituciones:
1.- FEDERACIÒN NACIONAL DE AVICULTURA DE VENEZUELA (FENAVI), a nombre de Francisco Tagliapietra – Delegado Titular, RIF J-00096718-0, dirección: Avenida Casanova; C.C El Recreo, Torre Sur (Movilnet); Piso 10, Oficina 10-03, Sabana Grande; 1050, Caracas Venezuela, AP-40057, Teléfono +58 (212)761.74.89, Fax: +58 (212) 761.88. 43, Celular: +58 (414)121.06.40, Correo: fenavi@gmail.com www.fenavi.org.ve a los fines de que:
a) Informe al Tribunal que para el período correspondiente a los años 2017-2018, el sector avícola en Venezuela había decaído en gran medida, de lo cual no se escapó PROAGRO, y debido a ello la baja producción y la necesidad de modificar la Convención Colectiva a través de las Actas Convenio que permitió que PROAGRO diera cumplimiento a todo lo señalado.
b) Indique la relación de la producción avícola nacional correspondiente a los años 2017 al 2019. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
2.-MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO, Dirección General de Participación en el Proceso Social del Trabajo y Relaciones Laborales a nombre de ERIKA DEL CARMEN MARTINEZ PALACIOS, ubicada en Piso 4 y 5, Torre Sur, Centro Simón Bolívar, Avenida Oeste 8, Caracas 1010.Distrito Capital, a los fines de que informe al tribunal lo siguiente:
a) Si consta en sus archivos actas suscritas en ocasión a mesas de diálogo realizadas entre la entidad de trabajo PROAGRO, C.A y la representación de los trabajadores en el período correspondiente del año 2017 al año 2020.
b) Si el objeto de dichas reuniones era la revisión de la situación dentro de los centros de trabajo que habían perdido operatividad y producción, caso en el que se encontraba Granjas e Incubadora Nirgua.
c) Que valide si se suscribieron actas por parte de la entidad de trabajo PROAGRO C.A., y la organización sindical, remitiendo copias certificadas de las mismas. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
3.- SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO DE VENEZUELA, (SUDEBAN), ubicada en la Urbanización La Carlota, Avenida Francisco de Miranda, Caracas 1071, Miranda, a los fines de que oficie al BANCO DE VENEZUELA, para que:
a) Informe a este Tribunal si el ciudadano YSIDORO ANDRADES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.918.516, tiene cuenta nómina de la sociedad mercantil PROAGRO, C.A, inscrita en el Registro de información Fiscal Nro. J-00103686-5, en la entidad bancaria BANCO DE VENEZUELA S.A y que provea constancia de los pagos realizados por PROAGRO, C.A, correspondientes al mes de diciembre del año 2018, junio y febrero del año 2019, agosto del año 2020, meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2022.
b) Informe a este Tribunal si el ciudadano JOSE ABRAHAN BECERRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.581.554, tiene cuenta nómina de la sociedad mercantil PROAGRO, C.A, inscrita en el Registro de información Fiscal Nro. J-00103686-5, en la entidad bancaria BANCO DE VENEZUELA S.A y que provea constancia de los pagos realizados por PROAGRO, C.A, correspondientes al mes de diciembre del año 2018, agosto y febrero del año 2019, agosto del año 2020, meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2022.
c) Informe a este Tribunal si el ciudadano DOUGLAS ENRIQUE FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.072.163, tiene cuenta nómina de la sociedad mercantil PROAGRO, C.A, inscrita en el Registro de información Fiscal Nro. J-00103686-5, en la entidad bancaria BANCO DE VENEZUELA S.A y que provea constancia de los pagos realizados por PROAGRO, C.A, correspondientes al mes de diciembre del año 2018, febrero del año 2019, enero y octubre del año 2020, meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2022.
d) Informe a este Tribunal si el ciudadano NELSON EDUARDO LEON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.554.999, tiene cuenta nómina de la sociedad mercantil PROAGRO, C.A, inscrita en el Registro de información Fiscal Nro. J-00103686-5, en la entidad bancaria BANCO DE VENEZUELA S.A y que provea constancia de los pagos realizados por PROAGRO, C.A, correspondientes al mes de diciembre del año 2018, febrero y marzo del año 2019, marzo del año 2020, meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2022. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.
Con respecto a la PRUEBA TESTIMONIAL promovida en el CAPITULO V, la testimonial de los ciudadanos: EDGAR JOSE OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.516.404, domiciliado en la calle 6 con avenida 18 Flor del Encanto, Municipio Nirgua. estado Yaracuy, teléfono: (0426) 359194; ROSA AMELIA GOMEZ DE PALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.921.731, domiciliada en Sector 2, La Trinidad, Casa 73-22, Parroquia Salom, Municipio Nirgua, estado Yaracuy, teléfono: (0424) 4596733, este tribunal la ADMITE de conformidad con el artículo 98 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que se fija la oportunidad de su evacuación en el día y hora de la audiencia de juicio.
En relación a las testimoniales de ISMAELYN BEATRIZ LOAIZA GOMEZ, con domicilio en Valencia, estado Carabobo y la ciudadana KARELIS PAOLA CHIRINOS RODRIGUEZ, con domicilio en Valencia, estado Carabobo, este tribunal la NO LAS ADMITE, por cuanto no constan sus Números de Cedulas en autos.
La Juez,
Abg. ANNIELY ELIAS CORONA
La Secretaria,
Abg. ASTRID ESCALONA
AEC/AE/ya
PIEZA Nº 02
UP11-L-2024-000007.-