REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Constituido en Jornada de Tribunal Móvil.

Nirgua, 10 de abril de 2025
Años: 214° y 166°


Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: SUSA CRISELY ORTEGA DE OCHOA venezolana, de cincuenta y tres (53) años de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V- 11.527.302 y YISBEL ALEJANDRA CABAÑA venezolana de treinta y siete (37) años de edad, titular de la cédula de identidad número V- 18.347.434, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos: LUIS RAFAEL OCHOA y CRISEIDA JOSEFINA HERNANDEZ de OCHOA, venezolanos, casados, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número: V-8.576.106 y V-11.272.939, sobre las bienhechurías cuyas medidas y demás determinaciones constan en la solicitud cursante al folio 01 de las presentes actuaciones; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.


Abga. YADIRA OCHOA HENRIQUEZ,
LA JUEZA TEMPORAL.-



Abga. MARIANGELICA PEREIRA ROA
LA SECRETARIA SUPLENTE.-


La abogada Mariangelica Pereira Roa, titular de la cédula de identidad Nº V-16.642.242, secretaria suplente de este despacho, hace constar que se devuelven los originales al solicitante constantes de diez (10) folios útiles.

Abga. MARIANGELICA PEREIRA ROA
LA SECRETARIA SUPLENTE.-