REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 5 de agostode 2025
Años: 215º y 166º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadana HERNÁNDEZ ROJAS DARYELIS MARIALIS, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 31.006.631,domiciliada en la calle principal, casa N° 4, urbanización Juan José Caldera, Morita Vieja, municipio Cocorote, estado Yaracuy, debidamente asistida por el abogadoRAMÍREZ ROJAS SEGUNDO RAMÓN, inscrito en el Inpreabogado con el N° 30.758, y las declaraciones de las testigos hábiles presentadas por la parte interesada, ciudadanasÁLVAREZ CHÁVEZ JENNIFER NACARITH, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 16.593.923, y domiciliada en la calle principal, Morita Vieja, calle la iglesia, casa sin número, municipio Cocorote, estado Yaracuy, yRODRÍGUEZ OJEDA PIERINA ALEJANDRA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 20.464.337, y domiciliada en la calle principal, Morita Vieja, calle la iglesia, casa sin número, municipio Cocorote, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadanoHERNÁNDEZ JOSÉ REINALDO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 7.557.068, y quien residía en La Morita Vieja, calle principal casa N° 4, municipio Cocorote, estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a la ciudadanaHERNÁNDEZ ROJAS DARYELIS MARIALIS, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 31.006.631. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse ala solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 5.111-25(de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,

Abg.Zorennis Columba Ramos Verastegui
El Secretario Temporal,

Abg. Deibys B. Abreu J.



En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
El Secretario Temporal,

Abg. Deibys B. Abreu J.