REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 13 de enero de 2025.
Años: 214º y 165º
EXPEDIENTE Nº: 3423-2024.
DEMANDANTE:
Ciudadana, KAROLAI NICOL ROBLES REA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-27.492.689.
DEMANDADO: Ciudadano, JHOENDER ALEXANDER ACOSTA BRACHO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-25.928.780.
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
TIPO DE SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
I
En fecha 25 de noviembre de 2024, se recibió con sus anexos solicitud de Obligación de Manutención, interpuesta por la ciudadana KAROLAI NICOL ROBLES REA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-27.492.689, contra el ciudadano JHOENDER ALEXANDER ACOSTA BRACHO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-25.928.780, actuando en su carácter de madre de los niños “IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA” de cinco (05) años de edad. Se admitió la demanda en fecha 27 de Noviembre de 2024, se ordeno notificar a la parte demandada.
Notificada válidamente la parte demandada se fijo la audiencia preliminar de la fase de mediación para el día lunes trece (13) de enero de 2025, a las 9:30 de la mañana.
En la audiencia de mediación se hizo constar que no comparecieron las partes, y se declaro terminado el procedimiento de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
II
Con merito a las consideraciones anteriores, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Bruzual de la circunscripción Judicial del estado Yaracuy, declara terminado el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, interpuesta por la ciudadana KAROLAI NICOL ROBLES REA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-27.492.689, contra el ciudadano JHOENDER ALEXANDER ACOSTA BRACHO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-25.928.780, actuando en su carácter de madre de los niños “IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA” de cinco (05) años de edad.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 001-2022, EMANADA, SALA DE LA CASACIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN FECHA 16 DE JUNIO DE 2022.
Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los trece (13) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025). Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Alberto Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
En ésta misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las dos de la tarde (10:10 a.m.).
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba.
EAGG/Spt/juan
Exp. 3423-2025
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