REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE INHIBICION
ASUNTO PRINCIPAL: UP11-R-2024-000039

En horas de despacho del día de hoy, jueves seis (06) de febrero de dos mil veinticinco (2025), comparece por ante la Secretaría del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, la ciudadana Abogada ELVIRA CHABAREH TABBACK, quien actúa en este acto en su condición de Jueza del nombrado Juzgado y expone: “Por cuanto se evidencia de las actas que cursan en autos, emití pronunciamiento sobre la Admisión de Pruebas de fecha 09 de mayo de 2016, que riela a los folios 44 y 45 de la pieza Nº 02 del expediente, es por lo que, en resguardo al debido proceso y a la seguridad jurídica que gozan las partes, ME INHIBO de conocer la presente Apelación en ambos efectos, por encontrarme incursa en la causal contemplada en el numeral 5º del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa”.- Por tanto, a los fines de asegurar en forma transparente la Tutela Judicial Efectiva a la que se refiere el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debo manifestar que me encuentro impedida de decidir el asunto que aquí corresponde. Ante la inhibición planteada y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y en virtud de existir un solo Juzgado Superior en esta sede judicial; se ordena remitir mediante oficio copia certificada de las actuaciones a la Coordinadora Laboral de esta Circunscripción Judicial, a fin que designe quien será el Juez Accidental competente para el conocimiento de la presente incidencia de inhibición, así como, el Juez Accidental para el conocimiento de la causa principal N° UP11-R-2024-000039. Fórmese un Cuaderno Separado, libérese oficio y déjese copia certificada de la presente acta en el expediente. Es todo, termino, se leyó y conforme firman.
La Jueza,

ELVIRA CHABAREH TABBACK
La Secretaria,
ASTRID ESCALONA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado librándose los respectivos oficios y aperturándose el cuaderno separado Nº UC11-X-2025-000002.
La Secretaria,
ASTRID ESCALONA