REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 10 de febrero de 2025
AÑOS: 214º y 165º
ASUNTO : UP11-H-2025-000039
SOLICITANTES: Ciudadanos JOSELIN INES BLANCO BRANDT Y JOSE GABRIEL LOPEZ HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 16.796.329 y 18.587.827 respectivamente, asistido por la abogada Martha Hernández IPSA bajo el Nº 102.217
BENEFICIARIO: La Niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),
nacida en fecha 28-08-2016 con pasaporte venezolano Nº 171355958
HOMOLOGACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR

Los ciudadanos JOSELIN INES BLANCO BRANDT Y JOSE GABRIEL LOPEZ HERRERA venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 16.796.329 y 18.587.827 respectivamente, asistidos por la abogada Martha Hernández IPSA bajo el Nº 102.217 presentan la presente homologación en la cual quedo establecido el acuerdo sobre la autorización para viajar fuera del país a favor de la niña de auto, el cual quedó establecido en los siguientes términos: Con respecto a la AUTORIZACION DE VIAJE se estableció: El ciudadano JOSE GABRIEL LOPEZ HERRERA, venezolano, mayor de edad , titular de la cedula de identidad Nº 18.587.827 AUTORIZA para que su hija la niña ANTONELLA LOPEZ BLANCO, nacida en fecha 28-08-2016 portadora del pasaporte del pasaporte venezolano Nº 171355958, viaje en compañía de su madre la ciudadana JOSELIN INES BLANCO BRANDT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.796.329, portadora del pasaporte venezolano Nº 193381618 al exterior. El viaje tendrá el siguiente itinerario: Vía aérea desde la ciudad de caracas, DDT, Capital Venezuela, aeropuerto Simón Bolívar en fecha 09-03-2025 a las 9.45 AM, arribando a la ciudad de WILLEMSTAD, CURAZAO, aeropuerto internacional hato, a las 10:45 am, en vuelo laser airlines QL 0762 BOEING ( douglas) a través de la aerolínea/ agencia CONTRATACIONES TURÍSTICAS , donde se hará escala luego desde allí también en vía aérea, arribara a la ciudad de MIAMI, EE.UU , aeropuerto internacional de MIAMI a través de la aerolínea / agencia CONTRATACIONES TURISTICAS, en el vuelo GLOBAL G6 0201 AIRBUS/ A320 hora de llegada 03:15 pm del 09-03-2025 con fecha de retorno el día viernes 21-03-2025 por via aérea desde MIAMI, EE.UU aeropuerto Internacional de MIAMI a las 07:30 am arribando a la ciudad de WILLEMSTAD, CURAZAO, aeropuerto Internacional Hato, en el vuelo GLOBAL G6 0200 AIRBUS A320 a las 10:30 am, a través de la aerolínea / Agencia CONTRATACIONES TURISTICAS, donde harán escala , luego desde allí también en vía aérea, arribaran a la ciudad de CARACAS, DTT. CAPITAL, VENEZUELA aeropuerto internacional Simón Bolívar a través de la aerolínea / agencia CONTRACIONES TURISTICAS, en el vuelo LASER ARILINES QL 0763 BOEING (DOUGLAS) hora de llegada 02:00pm del 21-03-2025” . Ambas partes solicitan al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial que imparta la Homologación al presente acuerdo el cual surte efectos inmediatos. En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se HOMOLOGA en sus propios términos dichos convenios, por no ser contrarios a la moral y a las buenas costumbres, o a alguna disposición expresa de la Ley. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),nacida en fecha 28-08-2016 portadora del pasaporte del pasaporte venezolano Nº 171355958 viaje con destino a la ciudad de MIAMI en compañía de su MADRE ciudadana JOSELIN INES BLANCO BRANDT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.796.329, portadora del pasaporte venezolano Nº 193381618, , con el siguiente itinerario: Vía aérea desde la ciudad de caracas, DDT, Capital Venezuela, aeropuerto Simón Bolívar en fecha 09-03-2025 a las 9.45 AM, arribando a la ciudad de WILLEMSTAD, CURAZAO, aeropuerto internacional hato, a las 10:45 am, en vuelo laser airlines QL 0762 BOEING ( douglas) a través de la aerolínea/ agencia CONTRATACIONES TURÍSTICAS , donde se hará escala luego desde allí también en vía aérea, arribara a la ciudad de MIAMI, EE.UU , aeropuerto internacional de MIAMI a través de la aerolínea / agencia CONTRATACIONES TURISTICAS, en el vuelo GLOBAL G6 0201 AIRBUS/ A320 hora de llegada 03:15 pm del 09-03-2025 con fecha de retorno el día viernes 21-03-2025 por vía aérea desde MIAMI, EE.UU aeropuerto Internacional de MIAMI a las 07:30 am arribando a la ciudad de WILLEMSTAD, CURAZAO, aeropuerto Internacional Hato, en el vuelo GLOBAL G6 0200 AIRBUS A320 a las 10:30 am, a través de la aerolínea / Agencia CONTRATACIONES TURISTICAS, donde harán escala , luego desde allí también en vía aérea, arribaran a la ciudad de CARACAS, DTT. CAPITAL, VENEZUELA aeropuerto internacional Simón Bolívar a través de la aerolínea / agencia CONTRACIONES TURISTICAS, en el vuelo LASER ARILINES QL 0763 BOEING (DOUGLAS) hora de llegada 02:00pm del 21-03-2025.Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, copia certificada que soliciten las partes de la presente homologación.

Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los Diez (10) días del mes de Febrero de 2025. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.

La Jueza,

Abg. Rossmary Ceballos Olmos
La Secretaria,
Abg. MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ
En la misma fecha se público y registro la anterior sentencia se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,
Abg. MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ