REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
En horas de despacho del día de hoy, martes quince (15) de julio de dos mil veinticinco (2025), siendo las ocho y treinta minutos antes meridiem (08:30 a.m), se traslada el Juez Provisorio abogado CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO, la secretara accidental ciudadana DEGMAR YUBIRY PÉREZ CAMPO a quién se procedió a imponerle las generales de Ley en el referido cargo para este acto, tomándole el debido juramento y el Alguacil ciudadano CARLOS DANIEL PÉREZ SALCEDO, adscritos a este Juzgado Superior Agrario; a los fines de practicar Inspección Judicial fijada por este Tribunal mediante auto en el cuaderno de medidas de fecha, tres (03) de julio del año que discurre, en el expediente número JSA-2024-000542 (nomenclatura particular de este Juzgado), en el Cuaderno de Medidas, en el que se sustancia SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS, requerida subsidiariamente en el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD, que sigue la sociedad mercantil AGROPECUARIA SAN PEDRO C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha, 19 de diciembre de 1994, bajo el número 15, tomo 6- A, y ultima Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas, protocolizada por ante el referido Registro, en fecha,13 de septiembre de 2021, bajo el numero 39, Tomo 20-A RM 466; representada por el ciudadano MANUEL RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.518.756, en su condición de vicepresidente; sobre un lote de terreno denominado FUNDO MONTE OSCURO, ubicado en el sector San Ana, Municipio Bolívar del estado Yaracuy, constante de una superficie aproximada de QUINIENTAS OCHENTA Y TRES HECTÁREAS CON CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (583, 4.764 Ha/M2), cuyos linderos particulares son: NORTE: Quebrada Tacuro, vialidad agrícola Santa Ana - El Pescao y terreno ocupado por Daniel Rodríguez, Nancy Jiménez y Bartolo Falcón; SUR: Vialidad agrícola Quebrada Seca - La Vega - Río de Aroa - terreno denominado caserío Santa Ana, terrenos ocupados por Eduardo Díaz, Marisol Martin, Nancy Jiménez y José Jiménez; ESTE: Vialidad agrícola Quebrada Seca - La Vega - vialidad agrícola Santa Ana- El Pescao, terreno denominado Caserío Santa Ana, Terrenos ocupados por José Jiménez y Nancy Jiménez y OESTE: Vialidad agrícola Santa Ana - El Pescao, terreno denominado caserío Santa Ana y terreno ocupado por Eduardo Díaz. En este estado, siendo las once y ocho minutos antes meridiem (11:08a.m.), se constituyó en el referido lote de terreno, procediendo a notificar de la misión del Tribunal al ciudadano (a) Manuel Rodríguez Concepción, antes identificado. En este estado, se dejo constancia que hicieron acto de presencia los ciudadanos Hayarith Del Valle Ramírez Rojas CI 8.516.473 inpreabogado 55.012, coapoderado judicial de la Sociedad Mercantil “Agropecuaria San Pedro” C.A, y Simón Alberto Rodríguez Concepción CI 15.107.633, Representante de la Agropecuaria antes identificada. De igual manera, hicieron acto de presencia los ciudadanos: Jose Alberto Chirinos CI 17.156.366 Técnico de Campo, adscrito al instituto Nacional de Salud Agricultura Integral (INSAI) del estado Yaracuy; igualmente, Hilmer Esteban Díaz Bustillo CI 9.510.946, Médico Veterinario adscrito al referido instituto, quienes habiéndose presentado en este acto e impuestos de la obligación sobre ellos recaída, la aceptaron jurando cumplirla bien y fielmente. Así pues, previo asesoramiento del practico designado se tomo Punto de Coordenadas referenciales UTM: 1.162.557N y 511.388E donde se encuentra constituido el Tribunal. Seguidamente, previo asesoramiento del (os) prácticos que hace (n) acompañamiento al Tribunal se procede a dejar constancia de lo siguiente: En inicio del predio (entrada) camino de tierra compactado, portón de hierro pintados color de negro, cerca con estantillos de madera y de 4 a 5 pelos de alambre de púa, donde se observo una estructura tipo vivienda construido con bloques de concretos pintada y frisada, techo de laminas de acerolit, piso de cemento pulido, ventanas de hierro, dividida internamente por 3 cuartos, 1 baño y sala-cocina. Asimismo, se observo estructura tipo corral de hierro pintado, portones de tubos de hierro con 4 divisiones, que posee embarcadero, manso, breter y romana, una de las divisiones con piso de cemento, acometido eléctrica, con transformador, postes de tierra y un pozo artesanal. Por otra parte, se observo un tanque elevado de hierro con capacidad aproximada de 100.000 litros. Continuando con el recorrido, se accedió al punto de coordenada UTM E:511.867 N:1.163.597, en el cual, se observo un corral de estructura de hierro con 4 divisiones, portones de tubos de hierro, cuenta con manga, brete y embarcadero y piso de tierra; de igual manera, se observo un pozo perforado, poste de hierro y transformadores, seguidamente, previo asesoramiento de los técnicos designados se contabilizaron 36 potreros con cerca de estantillos de madera y 4 pelos de alambre de púa, sembrado con pasto tipo guinea, bermuda, estrella, brocharía, mombaza y gamelote, estando en buenas condiciones, 15 estantillos de concreto (bebederos de aguas). Asimismo, se contabilizaron 844 semovientes discriminados de la siguiente manera: mautes machos =130, mautes: 52, novillas: 150, novillos:57, toros: 20, vacas:357 y becerros:78, identificadas con el hierro en buenas condiciones fitosanitarias, según indicaciones de los Prácticos designados, contactado lo anterior se deja constancia que las coordenadas tomadas en campo, se realizo a través de un dispositivo móvil, marca Samsung galaxi, A15, bajo la aplicación UTM GEOMAP. Igualmente se deja constancia que durante la práctica de la inspección judicial fueron tomadas fotostáticas por el alguacil adscrito a este tribunal con un dispositivo móvil Infinit Hot 30, Numero de bien Nacional 01-01-1857, las cuales serán agregadas al expediente una vez impresas. De igual modo, se le otorgan cinco (5) días hábiles a los prácticos designados a los fines de que consignen resultas de informe técnico requerido en el presente acto, Asimismo se deja constancia que se dio pleno cumplimiento al principio de gratuidad establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y asi lo hace en constar las partes aquí firmantes. En este estado, el Tribunal dispone que proveerá lo conducente dentro de la oportunidad legal correspondiente la petición cautelar pretendida por el actor. Siendo las tres y veintiocho post Meridiem (3:28pm) el Tribunal considera cumplida su misión y acuerda regresar a su sede natural. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Provisorio
ABG. Carlos Alberto Lorenzo Otero
El Notificado
Apoderado Judicial De La Parte Solicitante
Representante De La Empresa
Los Prácticos
El Alguacil
La Secretaria Accidental