REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dos (02) de julio de 2025
215° y 166°
EXPEDIENTE Nº JSA-2024-000542

Vista la diligencia inserta al folio que antecedes, suscrita y presentada por la abogada en ejercicio JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Numero V-6.802.002 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.076, actuando en su condición de coapoderada judicial de la sociedad mercantil AGROPECUARIA “SAN PEDRO” C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha, 19 de diciembre de 1994, bajo el número 15, tomo 6- A, y ultima Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas, protocolizada por ante el referido Registro, en fecha,13 de septiembre de 2021, bajo el numero 39, Tomo 20-A RM 466, parte recurrente en la presente causa, en la cual expone: “(…) Solicito me sean expedidas copias certificadas en dos juegos de Decisión Interlocutoria inserta en los folios Dos (2) Tres (3) y Cuatro (4) de la Pieza Dos del Exp. JSA-2024-542” Es todo (…)”, a tal efecto, en consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, luego de la revisión de los presupuestos para el otorgamiento de copias fotostáticas certificadas, previstos en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, vale decir, que quien lo solicite sea parte en el juicio, y que los documentos cuyas copias fotostáticas certificadas se solicita consten en original y/o en copia certificada, provee de conformidad lo solicitado, en consecuencia ordena expedir por secretaria las copias fotostáticas certificadas, solicitadas por la precitada abogada, vale indicar, de los folios dos (02) al cuatro (04), ambos inclusive de la pieza N° 2. Cúmplase lo ordenado.
El Juez Provisorio,
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,
ABG. KARELIS JOSEFINA VEGA HERNÁNDEZ.




EXPEDIENTE Nº JSA-2024-000542
CALO/KV