REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 30 de Julio de 2025
AÑOS: 215º y 166º

ASUNTO: UP11-V-2024-000710
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR

En horas de despacho del día de hoy 30 de Julio de 2025, siendo las 10:00 A.M., hora establecida y oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia de SUSTANCIACIÓN INICIAL en el presente asunto, la misma fue debidamente anunciada por el alguacil, a la hora establecida; dejándose expresa constancia de la incomparecencia de la ciudadana LUISA MERCEDES PEREZ PERALTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.502.087 y de la incomparecencia de la parte demandada ciudadana MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad 17.992.522, quien no comparecio por si, ni por medio de apoderado judicial. El Tribunal expone: Vista la incomparecencia de las partes, a la presente audiencia de sustanciación Inicial, se considera desistido el asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
La Juez,

Abg. ANGELICA GIMENEZ
El Secretario,

Abg. Joel Barrios








































REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 30 de Julio de 2025
AÑOS: 215º y 166º

ASUNTO: UP11-V-2024-000710
PARTE ACTORA: Ciudadana LUISA MERCEDES PEREZ PERALTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.502.087
DEMANDADA: Ciudadana MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad 17.992.522.
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR

En fecha 10 de diciembre de 2024, se recibió demanda de COLOCACION FAMILIAR, interpuesta por la ciudadana LUISA MERCEDES PEREZ PERALTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.502.087, contra de la ciudadana, MARIA DE LOS ANGELES RAMIREZ PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad 17.992.522, mediante la cual solicita la colocación familiar a beneficio de su nieto el niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacido el día 19/05/2018 de 6 años.
Se admitió la presente solicitud 16/12/2024, se libró boleta de notificación a la parte demandada se libro oficio N° 4055/2024 dirigido al equipo multidisciplinario, y boleta de notificación a la defensa pública para que le designe defensor al niño y a la fiscal séptima del ministerio publico para hacer de su conocimiento el presente asunto.
Cumplida las notificaciones ordenadas y certificadas por secretaria, se fijo mediante auto de fecha 17/01/2025 oportunidad para la Audiencia Preliminar, en su fase de de Sustanciación, audiencia que fue debidamente anunciada, dejándose constancia que las partes no comparecieron por si ni por intermedio de apoderado judicial, como consta en autos.
Ahora bien, vista la no comparecencia de las partes a la audiencia de Sustanciación Inicial de la Audiencia Preliminar, este Juzgador considera cumplidos los supuesto para aplicar la consecuencia jurídica que es la terminación del proceso en el presente asunto, por lo que este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Protección de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente. Devuélvase las originales anexas al presente asunto
.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los treinta (30) días del mes de Julio del 2025. Años: 215º de la Independencia y 166º de la Federación.
La Juez,

Abg. ANGELICA GIMENEZ
El Secretario,

Abg. Joel Barrios


En la misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión,
El Secretario,

Abg. Joel Barrios