REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 3 de julio de 2025
Años: 215º y 166º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadana OROZCO FRANCISCA MORELIANA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidadN°7.505.420, asistidapor el abogado LÓPEZ JORGE HUMBERTO, inscrito en el Inpreabogado con el N° 191.845, y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanosTORRELLES FALCONIS ABRAHAM JOSÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 12.744.163, domiciliado en Marín, avenida Libertad entre calle 6 y 7, municipio San Felipe, estado Yaracuy y HERNANDEZ VILLALOBOS ISAURA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 15.107.779, domiciliada en Marín, avenida Libertad entre calle 6 y 7, casa N° 65, sector Banco Obrero, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor dela ciudadanaOROZCO FRANCISCA MORELIANA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 7.505.420, sobre un área de terreno municipal, ubicado en la avenida Libertad entre calle 5 y 6, Marín, parroquia San Javier, jurisdicción del municipio San Felipe, estado Yaracuy, con un área de terreno de doscientos setenta y ocho metros cuadrados con sesenta y cinco centímetros (278,65 MTS2), y un área de construcción de un (1) solo ambiente de cuarenta y siete metros con treinta y un centímetros (47,31 MTS2), construida con paredes de bloques, piso de cemento, techo de zinc, dos (2) habitaciones, sala-cocina, un (1) baño, con media pared de frente con rejas en su entrada, patio, puertas de hierro, posee servicios básicos, (aguas servidas, agua potable y electricidad), alinderado de la siguiente manera: Norte: Avenida Libertad que es su frente con 7.63 MTS; Sur:Casa y solar que es o fue de Lina Sánchez con 7.63 MTS; Este: Casa y solar que es o fue de Yasmin Pimentel con 36.52 MTS; y Oeste: Casa y solar que es o fue de Belkis Arráez con 36.52 MTS. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense ala solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,

Abg. Zorennis Columba Ramos Verastegui


El Secretario Temporal,

Abg. Deibys B. Abreu J.
En esta misma fecha, se devuelve a las partes interesadas, original con sus resultas.
El Secretario Temporal,

Abg. Deibys B. Abreu J.