REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 17 de julio de 2025
Años: 215º y 166º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL LEÓN GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-8.513.234, debidamente asistido por la abogada Elda Agüero, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 183.146, en el cual solicita el Título Supletorio de unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propio, según documento protocolizado por ante el Registro Público del municipio Bruzual del estado Yaracuy, en fecha 09 de agosto del año 2010, inserto bajo el Nº 2010-1041, asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 460.20.2.1.395, correspondiente al Libro de folio real del año 2010; sobre las mejoras de una bienhechurías, ubicada en la avenida 8, esquina calle 5, comunidad La Peñita de Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy, con un área de construcción general de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTÍMETROS (355,34 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Casa que es o fue de Luisa Sánchez, con una longitud de dieciséis metros lineales con treinta y un centímetros (16,31 Ml); Sur: Avenida 8 su frente, con una longitud de diecisiete metros lineales con noventa centímetros (17,90 Ml); Este: Casa que es o fue de María Lourdes Díaz, con una longitud de trece metros lineales con cinco centímetros (13,05 Ml) y Oeste: Calle 5, con una longitud de doce metros lineales con setenta y un centímetros (12,71 Ml) y está construida sobre un área de terreno propio, según cédula catastral distinguido con el Nro. Catastral 22-03-01-AUR-104-41-11, emitido por la dirección de catastro de la alcaldía del municipio Bruzual del estado Yaracuy de fecha 10-02-2025, que mide DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTÍMETROS (242,43 Mtrs²) dicha área de terreno se encuentra dividida en dos (02) lados, una (01) planta baja y el otro lado de una (01) planta baja y un primer nivel, cuyas medidas y linderos particulares son: PLANTA BAJA: construido en un área de terreno de CIENTO TRECE METROS CUADRADOS CON TREINTA y DOS CENTIMETROS (113,32 Mtrs²), y un área de construcción DE CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMETROS (104,74 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Casa que es o fue de Luisa Sánchez, con una longitud de nueve metros lineales con setenta y un centímetros (9,71 Ml); Sur: Avenida 8 su frente, con una longitud de nueve metros lineales con noventa y dos centímetros (9,92 Ml); Este: Casa que es o fue de María Lourdes Díaz, con una longitud de trece metros lineales con cinco centímetros (13,05 Ml) y Oeste: Casa y solar que es o fue de Miguel León, con una longitud de trece metros lineales con cincuenta y cuatro centímetros (13,54 Ml), según cédula catastral 22-03-01-AU-104-41-11-01, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 24-01-2025. Esta planta baja consta de tres (03) locales, discriminados de la siguiente manera: LOCAL UNO (01): construido en un área de terreno de CUARENTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS (40,64 Mtrs²), y un área de construcción de CUARENTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS (40,64 Mtrs²),encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Local Nº 2 de Miguel León, con una longitud de ocho metros lineales (8,00 Ml); Sur: Avenida 8, con una longitud de ocho metros lineales (8,00 Ml); Este: Casa que es o fue de Miguel León, con una longitud de cinco metros lineales con ocho centímetros (5,08 Ml) y Oeste: Calle 5, su frente, con una longitud de cinco metros lineales con ocho centímetros (5,08 Ml), según cédula catastral 22-03-01-AU-104-41-11-02, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 24-01-2025, LOCAL DOS (02): construido en un área de terreno de TREINTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (30,40 Mtrs²), y un área de construcción de TREINTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (30,40 Mtrs²),encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Local Nº 3 de Miguel León, con una longitud de ocho metros lineales (8,00 Ml); Sur: Local Nº 1 de Miguel León, con una longitud de ocho metros lineales (8,00 Ml); Este: Casa que es o fue de Miguel León, con una longitud de tres metros lineales con ocho centímetros (3,08 Ml) y Oeste: Calle 5, su frente, con una longitud de tres metros lineales con ocho centímetros (3,08 Ml), según cedula catastral 22-03- 01-AU-104-41-11-03, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 24-01-2025. LOCAL TRES (03): construido en un área de terreno de TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS (32,34 Mtrs²), y un área de construcción de TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS (32,34 Mtrs²),encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Escaleras de acceso común, con una longitud de ocho metros lineales (8,00 Ml); Sur: Local Nº 2 de Miguel León, con una longitud de ocho metros lineales (8,00 Ml); Este: Casa que es o fue de Miguel León, con una longitud de cinco metros lineales con cinco centímetros (5,05 Ml) y Oeste: Calle 5, su frente, con una longitud de cinco metros lineales con cinco centímetros (5,05 Ml), según cédula catastral 22-03- 01-AU-104-41-11-04, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 10-02-2025. LADO B PRIMER NIVEL: construido en un área de construcción de CIENTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS (119,45 Mtrs²),encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Vista a casa que es o fue de Luisa Sánchez, con una longitud de nueve metros lineales con quince centímetros (9,15 Ml); Sur: Vista a la avenida 8, con una longitud de ocho metros lineales con sesenta y cuatro (8,64 Ml); Este: Vista casa que es o fue de María Lourdes Díaz, con una longitud de catorce metros lineales con cincuenta centímetros (14,50 Ml) y Oeste: Vista a la calle 5, su frente, con una longitud de doce metros lineales con cincuenta y tres centímetros (12,53 Ml), según cedula catastral 22-03- 01-AUR-104-41-11-00-01-01, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 10-02-2025. Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintiuno (21) de mayo de 2025; y en fecha diecisiete (17) de julio de 2025, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos LUIS RAMÓN SÁNCHEZ COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-7.585.708, domiciliado en la avenida 8, con calle 5, La Peñita de la ciudad de Chivacoa en el municipio Bruzual del estado Yaracuy y RUBÉN ALFONSO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-7.587.817, domiciliado en la avenida 7 y 8, con calle 5, La Peñita de la ciudad de Chivacoa del estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de su promoviente, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 895 y siguientes, en concordancia con el articulo 937 y siguientes, todos del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano MIGUEL ÁNGEL LEÓN GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-8.513.234, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 001-2022, EMANADA, SALA DE LA CASACIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN FECHA 16 DE JUNIO DE 2022, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los diecisiete (17) días del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Abg. EGG/Spt/genesis.-
Sol: 5290-2025.