Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente, se desprende que las partes en el presente juicio, ciudadanos: MARY NORA ASTOR RODRIGUEZvenezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.265.522asistida por la abogada JULIET MONTES, Defensora publica auxiliar segunda, IPSA 244.935 y BENJAMIN FRANKLIN YARAURE RODRIGUEZ,venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.725.492,asistido por el abogadoJAVIER ARTURO BOLIVAR MONTENEGRO, Defensor público provisorio tercero con competencia en materia de protección de niños, niñas y adolescentes adscrito a la unidad de defensa pública del estado Yaracuy, IPSA 314.830, han llegado a un CONVENIMIENTO de mutuo y amistoso acuerdo en relación a la solicitud de FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor delaadolescente: CAMILA SUSEJ YARAURE ASTORde quince (15) años de edadrepresentada por la abogadaYISNEIDY IZAMAR TORREALBA FIGUEREDO,Defensor público provisorio primero con competencia en materia de protección de niños, niñas y adolescentes adscrita a la unidad de defensa pública del estado Yaracuy, IPSA 283.005, y de la joven adulta:FRANMARY FIORELLA YARAURE ASTOR de diecinueve (19) años de edad asistida por el abogado OSCAR ENRIQUE BOLAÑOS MUÑOZ, Defensor públicoauxiliar cuartocon competencia en materia de protección de niños, niñas y adolescentes adscrita a la unidad de defensa pública del estado Yaracuy, quien no estuvo presente en el acto y solicitan la HOMOLOGACION del mismo; es por lo que este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda:
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