REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
En horas de despacho del día de hoy, jueves veintiséis (26) de junio de dos mil veinticinco (2025), siendo las ocho y treinta minutos antes meridiem (08:30 a.m), se traslada el abogado CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO, la abogada KARELIS JOSEFINA VEGA HERNÁNDEZ y el ciudadano ALVIN ALCIDES REYES SILVA, con el carácter de Juez Provisorio, Secretaria y Alguacil Accidental de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, respectivamente; a los fines de practicar Inspección Judicial fijada por este Tribunal mediante auto de fecha once (11) de junio del año que discurre, en el expediente número JSA-2018-000456 (nomenclatura particular de este Juzgado), donde se sustancia RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS, incoado por la abogada en ejercicio ISAULY PALACIOS, titular de la cédula de identidad números V-15.484.713, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 112.124, en su orden, quien actuó (para el momento de su interposición) en condición de co-apoderada Judicial de la sociedad mercantil “AGROINDUSTRIAL GIGI”, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 4 de noviembre de 1994, bajo el número 17 tomo 143-A-Pro, identificada con el Registro único de Información Fiscal (RIF) bajo el número J-30221507-2, en contra del acto administrativo dictado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), en Sesión N° ORD-972-18 de fecha (11/07/2018) del Punto de Cuenta N° 01, sobre un lote de terreno denominado “SAN ANTONIO”, ubicado en el sector Pueblo Nuevo del municipio Veroes del estado Yaracuy, constante de una superficie de UN MIL DOSCIENTAS NUEVE HECTAREAS CON MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS (1.209 HAS 1.238 M2), alinderado de la siguiente manera: Norte: Hacienda Loma Linda, Terrenos ocupados por Jerónimo Pérez y Terrenos ocupados por Gustavo Alonzo; Sur: Hacienda Agua Blanca y Hacienda El Milagro, Este: Terrenos ocupados por Ángel Cerillo y Agrícola Coromoto y, Oeste: Vía Farriar- Pueblo Nuevo. En este estado, siendo las diez y cuarenta y tres minutos antes meridiem (10:43 a.m.), se constituyó en el referido lote de terreno, procediendo a notificar de misión del Tribunal al ciudadano Mermoro Graterol, identificado con la cédula de identidad N° V-8.513.153 quien recibió la comisión del tribunal, notificándole a este la naturaleza del acto. En este estado, se dejo constancia que hicieron acto de presencia los abogados en ejercicio CARLOS RAMON GONZALEZ BOLIVAR y MIRLYN COROMOTO CORONIL REVERON, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Numero 196.632 y 271.418, actuando en su condición de apoderados judiciales de la parte recurrente, asimismo, hizo acto de presencia el Defensor Público Primero (1°) con competencia en Materia Agraria adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Yaracuy, abogado OSMONDY CASTILLO SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-8.674.454, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 56.246, actuando en su condición de representante judicial de los terceros interesados. Por otra parte hizo acto de presencia el abogado ASDRUBAL LEÓN, identificado con la cédula de identidad número V-20.890.249, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 253.299, defensor IV, adscrito a la Defensoría del Pueblo del estado Yaracuy. De igual manera, hicieron acto de presencia los ciudadanos DANIEL MEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V-12.083.753, Técnico Superior Universitario en Agronomía adscrito a la Unidad Territorial del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras del estado Yaracuy; así como, el ciudadano JOSE ENRIQUE MARTINEZ REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V-12.724.383, Médico Veterinario adscrito a la Unidad Regional del Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral del estado Yaracuy, a quienes este Juzgado designó y juramentó como expertos en la presente causa. Por otra parte, hicieron acto de presencia los ciudadanos Mermoro Graterol C.I 8.513.153, Jeferson Chirinos C.I 24.942.935, William González C.I 16.482.909, Marianela Herrera C.I 12.080.903, Luisa Reyes C.I. 3.331.15, Marcos Pineda C.I 24.557.472, Charli Torrealba C.I. 16.043.011, Jose Luis Sánchez C.I 16.824.283, Alexander Torbello C.I. 18.157.077, Pedro Silva C.I. 10.370.015, Jaime González C.I 11.272.146, Hugo González C.I 3.457.641, Jose Garcia C.I 15.283.580, Mirquin Rojas C.I 7.911.373, Luis Pérez C.I 12.078.931, Anabel Rojas C.I. 27.258049, Teófilo Garcia C.I 7.470.405, Dimas Granadillos C.I 10.859.817, Jose Chirinos C.I 7.559.028, Marina Mendoza C.I 21.706.173, Elizabeth Garcia C.I 14.492.941, Jackdy Barboza C.I 12.279.219, Hugo Alfredo González C.I 16.482.870, Jose Ale Landinez C.I 4.968.220, Rilexis Reyes C.I 16.594.330, Diogenes Silva C.I 16.762.736, Richard Reyes C.I 15.483.977, Fustino Sánchez C.I 5.459.133, Julio Giménez C.I 9.510.479, Lina Palencia C.I 15.768.971. Asimismo, hicieron acompañamiento policial a este tribunal los funcionarios inspector Jhon Cadenas C.I 18.434.045, oficiales jefes Arturo Coronas. C.I 12.080.303 y Frank López C.I 16.594.609; igualmente, 1er oficial Rumbo Jose C.I 19.061.654, 1er oficial Juan Peraza C.I 19.953.466, dichos funcionarios se encuentran adscritos a la unidad de investigación de campo de la policía del estado Yaracuy. Por último, hizo acto de presencia la Ingeniera Agrónomo YENNYS NAVEA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V-16.261.751, técnico de campo adscrita a la Oficina Regional de Tierras del estado Yaracuy; así como, el ciudadano ANGEL AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V-19.973.920, Tecnico Superior en materia de Seguridad adscrito a la Unidad Territorial del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo del estado Yaracuy, a quienes este Juzgado procedió a designar como prácticos asesores durante el desarrollo de la presente inspección judicial, tomo el respectivo juramento de ley de la siguiente manera: Juran cumplir con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona, respondiendo que Si. Así pues, previo asesoramiento del practico designado se tomo Punto de Coordenadas referenciales UTM: 1.167.902 N y 549.708 E donde se encuentra constituido el Tribunal. Seguidamente se procede a dejar constancia de los particulares promovidos por la por la parte recurrente de la siguiente manera: PRIMERO Respecto al particular cuarto promovido por la parte recurrente referente a "Qué el tribunal deje expresa constancia de cuál es el tipo de actividad agroproductiva que se desarrolla en el fundo San Antonio, y por parte de quien se despliega". Respecto a este particular el tribunal deja constancia de que previo recorrido con el asesoramiento de los prácticos designados se constató inicialmente una parcela de terreno de aproximadamente 25 Hectáreas donde se encontró presente el ciudadano Melmoro Graterol, identificado con la cédula de identidad N° V-8.513.153 el cual se encuentra cercado con estantillos de madera y alambre de púa con existencia de pasto humidicola, guinea y aguja en buen estado de mantenimiento donde se observaron aproximadamente 30 semovientes entre vacas, novillas, mautas de las cuales se evidenciaron identificados con los hierros ______ y ________; tomándose el punto de coordenadas referencial E: 549.658 y N: 1.167.893. Asimismo, se observó 1 estructura tipo corral de hierro con manga, breter y embarcadero; constatado lo anterior, continuando con el recorrido se accedió a una parcela de terreno de aproximadamente 40 hectáreas donde se encontró presente el ciudadano Hugo González, identificado con la cédula de identidad N° V-3.457.641, cercado con estantillos de madera y alambre de púa, observándose la cantidad de 36 semovientes entre vacas, novillas, mautas, mautes y un toro, dicha parcela se observó con existencia de pasto tipo BRACCHAREA HUMEDICOLA, tomándose punto de coordenada referencial E:549.794 y N: 1.167.760. Seguidamente, se accedió a un galpón techado en parte de estructura de vigas de hierro, piso de cemento, portones de estructura de hierro, dentro del cual se observó un corral de estructura de madera y alambre de púa, diagonal a este, se accedió a una parcela de terreno de aproximadamente 26 Hectáreas con existencia de pasto tipo BRACCHAREA HUMEDICOLA, donde se tomó punto de coordenadas referencial E: 549.946 y N: 1.168.555 donde se encontró presente el ciudadano Rafael Arroyo, identificado con la cédula de identidad N° V-21.545.392, quien manifestó ser el encargado, observándose la cantidad de 36 vacas, 13 becerros, 7 equinos; continuando el recorrido se accedió a una parcela de terreno contiguo a la anterior donde se encontró el ciudadano Williams Salvador González Camacaro, identificado con la cédula de identidad N° V-16.482.909, quien manifestó poseer instrumento inti a favor de Red los Hermanos sobre un lote de terreno de aproximadamente 23 Hectáreas con 6.846 metros cuadrados, donde se observaron 21 novillas, asimismo, se observó un corral de estructura de madera, piso de cemento, techo de láminas de zinc, comederos de concreto, dicho potrero se observó cercado con estantillos de madera y alambre de púa, observándose en buen estado de mantenimiento con existencia de pasto tipo humidicula y la existencia de dos tanquillas de concreto, tomándose el punto de coordenadas referencial E: 550.478 y N: 1.167.782. Posteriormente se accedió a una parcela de terreno de aproximadamente 13 Hectáreas donde se observaron 30 semovientes entre vacas y mautas con predominio de barbecho y vestigios de pasto donde se encontró presente la ciudadana Anabel Rojas, identificada con cédula de identidad N° V 27.258.049. Posteriormente en la vía principal qué atraviesa el lote de terrero objeto de la presente inspección existe un paso denominado Caño Charipano qué según recomendaciones del practico del ecosocialismo qué hizo acompañamiento al tribunal no debe ser obstaculizado, tomándose punto de coordenada referencial E: 550.415 y N: 1.168.174, inmediatamente se accedió a una parcela de terreno de aproximadamente 16 Hectáreas observándose en su entrada un portón de estructura de tubo de Hierro con el nombre fundo (las ivanas) donde se encontró presente el ciudadano José Luis Sánchez y José Garcías identificados con las cédulas de identidad N° V 16.824.283 y V 15.283.580, el cual se observó cerrado con estantillos de madera y alambre de púa con existencia de pasto tipo BRACCHAREA, donde se observaron 24 vacas, un toro, 35 becerros, identificados con el hierro _________y ________ donde además se observó un corral de estructura de tubo de hierro, piso de cemento, techado en parte con láminas de zinc, un tanque de hierro de aproximadamente cuatro mil (4.000.) litros y se observó la existencia de un pozo de 10 metros de profundidad aproximadamente el cual requiere debida permisología según indicaciones del práctico del ecosocialismo qué hizo acompañamiento al tribunal en la respectiva práctica de la inspección. Continuando con el recorrido se observó una parcela de terreno donde se observó un corral improvisado de estructura de madera con existencia de abundante maleza ocupado por el ciudadano José Landino, identificado con la cédula de identidad N° V -4.968.220 tomándose como punto de coordenada referencial E: 550.762 y N: 1.168.357 quien además manifestó que ocupa otro lote de aproximadamente 18 Hectáreas, donde se contabilizaron 38 semovientes a través del uso de un dispositivo tipo drones dada la dificultad para acceder a dicho lote, no obstante el referido ciudadano manifestó que posee 53 semovientes entre vacas y becerros; siguiendo con el recorrido se accedió a una parcela de terreno de aproximadamente 12 hectáreas donde se encontró presente la ciudadana Marina Mendoza, identificada con la cédula de identidad N° V-21.706.173 donde se observó un área aproximada de 4 hectáreas sembradas de auyama ya cosechándose, asimismo se observaron unas plántulas de parchitas las cuales la referida ciudadana manifestó sembraría próximamente, asimismo se observó una estructura de paredes de concreto, techo de acerolit, piso de cemento, puerta de hierro dentro de la cual se observó una bomba de tablero eléctrico en funcionamiento cuyo pozo perforado es de aproximadamente 40 metros de profundidad, contiguo a dicha estructura se observó una estructura tipo vaquera de estructura de tubo de hierro, piso de cemento, portones de tubo de hierro con manga de manejo, breter, embarcadero en regular estado de mantenimiento, tomándose el punto de coordenadas referencial E:551.065 y N: 1.168.496. Posteriormente, se accedió a un lote de terreno ocupado por el ciudadano Dimas Granadillo, identificado con la cédula de identidad N° V-10.859.817 de aproximadamente 40 hectáreas en la cual se observó abundante maleza lo cual impidió contabilizar los semovientes existentes, no obstante el referido ciudadano manifestó que posee 28 semovientes entre vacas 16 de las cuales 9 son de ordeño, tomándose el punto de coordenadas referencial E: 550.931 y N: 1.168.988. Continuando con el recorrido se accedió a una parcela de terreno de aproximadamente 22 hectáreas tomándose el punto de coordenadas referencial E: 550.861 y N: 1.168.993 donde se encontró el ciudadano José Salcedo, identificado con el número de cédula V-31.342.063 quien manifestó que los semovientes se encontraban en otro lote y no se encontraban allí por el momento; asimismo; puso a la vista del tribunal un instrumento inti a nombre de Lina de los santos Palencia, identificada con la cédula de identidad N° V-15.768.971. Seguidamente, se continuo con el recorrido donde se evidenciaron dos parcelas de terreno, la primera de 28 hectáreas aproximadamente y la segunda de 6 hectáreas aproximadamente con existencia de pasto tipo braccharea, donde se contabilizaron 23 semovientes entre mautes y toretes; asimismo, se observó otro lote de semovientes de aproximadamente 68 animales entre vacas, mautas, novillas, identificadas con el hierro DJ¹⁹ donde estuvo presente el ciudadano Diogenes Silva, identificado con la cédula de identidad N° V 16.762.736, y donde se tomó el punto de coordenadas referencial E: 551.581 y N: 1.168.539. Contiguo a ese lote se observó un potrero cercado con estantillos de madera y alambre de púa, sembrado con pasto tipo braccharea humedicola, en buen estado de mantenimiento donde se encontró presente el ciudadano Luis Felipe Pérez, identificado con la cédula de identidad N° V-12.078.931 tomándose el punto de coordenadas referencial E: 551.542 y N:1.168.548. Asimismo, no se evidenciaron semovientes en el lote de terreno. Continuando con el recorrido se accedió a un lote de terreno de aproximadamente 42.9 hectáreas, donde se observaron aproximadamente 58 semovientes entre vacas, toro, mautes; de igual manera se observó pasto tipo braccharea, donde estuvo presente el ciudadano Jackdy Barboza, identificado con la cédula de identidad N° V-12.279.219, tomándose el punto de coordenada referencial E: 549.820 y N: 1.167.443. Asimismo, se deja constancia que el lote de terreno ocupado por el ciudadano Luis Felipe Pérez, ya identificado, posee aproximadamente 13.6 hectáreas. Respecto al resto de los particulares que fueron debidamente admitidos en la decisión de admisión de pruebas dictado en su oportunidad procesal este tribunal proveyó lo conducente en la parte utsupra de la presente acta y asimismo proveerá lo conducente en la parte infra de la presente acta. Respecto a los respectivos informes técnicos qué deberán consignar los prácticos designados posteriormente una vez culminado el recorrido de la totalidad del lote de terreno se establecerá el lapso para su presentación. En este estado, dada la extensión del lote de terreno objeto de inspección este tribunal dispone que fijara una nueva oportunidad por auto separado para la práctica de la inspección judicial y culminar el resto del recorrido, asimismo, se deja constancia que siendo las tres y treinta post meridiem (03:30 p.m.) se habilitó el tiempo necesario para culminar la presente acta. Se deja constancia que durante la práctica de la inspección judicial fueron tomadas fotografías por el alguacil accidental de este tribunal con un dispositivo móvil infinix Hot 30 con serial de bien nacional N°01-01-1857, las cuales una vez impresas serán consignadas. Se dejó constancia de que se dio cumplimiento al principio de gratuidad establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes aquí firmantes. En este estado, siendo las seis y cuarenta post meridiem (06:40 p.m.). Concluye este acto de inspección judicial. Es todo. Se leyó y conforme firman.
El juez provisorio.
Abg. Carlos Lorenzo Otero.
El Notificado
Apoderado Judiciales
de la parte recurrente
Representante Judicial
de los terceros partes
Los Terceros Interesados
Los Prácticos
Los Expertos
Defensoría del Pueblo
Alguacil Accidental
La Secretaria