REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 23 de junio de 2025
Años: 215º y 166º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos, suscrita y presentada por la ciudadana HERNÁNDEZ DE PERNALETE ADELGIS EUGENIA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 10.373.290, debidamente asistida por el abogado BARRIOS BLANCO JERSON JOSÉ, inscrito en el Inpreabogado con el N° 316.161, en su carácter de Defensor Público del Estado Yaracuy, con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito, y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanosCÁRDENAS CASTELLANOS ANGÉLICA VANESSA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 16.950.135, y domiciliada en la comunidad Virgen del Valle, calle 26 de agosto, entre calle principal de Cascabel, callejón sin número, municipio Independencia,yMARTÍNEZ SÁNCHEZ CARLOS EMISAEL, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 5.463.043, y domiciliado en la urbanización San Antonio, 16-8 A, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadanoPERNALERTE CORONEL HERMANN SALVADOR, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 5.938.681, y quien residía en la avenida Cedeño, sector Los Castores,municipio Independencia, estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos HERNÁNDEZ DE PERNALETE ADELGIS EUGENIA, PERNALETE HERNÁNDEZ LUÍS FERNANDO, PERNALETE HERNÁNDEZ HERMANN EUGENIO, PERNALETE HERNÁNDEZ MARÍA DE LOS ÁNGELES, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de las cédulas de identidad Nº 10.373.290, 20.891.604, 19.953.344 y 27.967.535 respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse ala solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 5.086-25(de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,

Abg.Zorennis Columba Ramos Verastegui
El Secretario Temporal,

Abg. Deibys B. Abreu J.



En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
El Secretario Temporal,

Abg. Deibys B. Abreu J.