REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 12 de junio de 2025
Años: 215º y 166º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por las ciudadanas NURY MARIELA ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. V-8.514.934, quien actúa como apoderada del ciudadano Amílcar Daniel Loaiza Álvarez, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. V-30.067.598, según poder debidamente registrado por ante el Registro Público del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, inscrito bajo el Nro. 14, folio 84. Tomo 1 del protocolo de transcripción de fecha 23 de enero del año 2024 y MARY YAMILET ÁLVAREZ VELÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. V-12.279.382, actuando como apoderada de la ciudadana Mariana Mayrob Loaiza Álvarez, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. V-25.616.407, según poder debidamente registrado por ante el Registro Público del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, inscrito bajo el Nro. 26, tomo 1, folio del 119 al 122 del protocolo de transcripción de fecha 04 de febrero del año 2025, debidamente asistidas por la abogada Carmen Osorio, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 274.137, sobre una bienhechuría ubicada en la avenida Sant Ines, entre calles Los Leones y calle Los Cedros, de Campo Elias, municipio Bruzual del estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO CENTÍMETRO (220,18 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Casa y solar que es ó fue de Oberto Martinez, con una longitud de once metros lineales con cuarenta y tres centímetros (11,43 Ml); Sur: Calle Santa Ines, con una longitud de dieciocho metros lineales con cincuenta y un centímetros (18,51 Ml); Este: Casa y solar que es ó fue de Isabel Lucena, con una longitud de cuarenta y nueve metros lineales con sesenta centímetros (49,60 Ml); y Oeste: Casa y solar que es ó fue de Marlene Orozco, con una longitud de cuarenta y siete metros lineales con treinta y siete centímetros (47,37 Ml), y está construida sobre un área de terreno propiedad del municipio, que mide OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTÍMETRO (862,81 Mtrs²), según certificado de bienhechurías para tramitar título supletorio emitido por la Dirección de Catastro del municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 20 de mayo del 2025. Se le dio entrada a la solicitud en fecha cuatro (04) de junio del 2025; y en fecha doce (12) de junio de 2025, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos LUIS BEL SUÁREZ CASTRO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-16.973.803, domiciliada en la calle 2, sector La Manga de la parroquia Campo Elías municipio Bruzual del estado Yaracuy, y JORGE LUIS MUJICA CLISÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-7.590.396, domiciliado en la calle 19, entre avenidas 3 y 4, sector Peguaima de Chivacoa municipio Bruzual del estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de su promoviente, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de los ciudadanos AMÍLCAR DANIEL LOAIZA ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. V-30.067.598, y MARIANA MAYROB LOAIZA ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. V-25.616.407, representado el primero por Nury Mariela Álvarez, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. V-8.514.934, según poder debidamente registrado por ante el Registro Público del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, inscrito bajo el Nro. 14, folio 84. Tomo 1 del protocolo de transcripción de fecha 23 de enero del año 2024, y la segunda representada por Mary Yamilet Álvarez Velásquez, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. V-12.279.382, según poder debidamente registrado por ante el Registro Público del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, inscrito bajo el Nro. 26, tomo 1, folio del 119 al 122 del protocolo de transcripción de fecha 04 de febrero del año 2025, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 001-2022, EMANADA, SALA DE LA CASACIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN FECHA 16 DE JUNIO DE 2022, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Abg. EGG/Spt/iriesmar.-
Sol: 5296-2025.