REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARISTIDES BASTIDAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Guama: Viernes, Trece (13) de Junio de Dos Mil Veinticinco (2025)
AÑOS: 215º y 166º
EXPEDIENTE NÚMERO: 1252/25
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano ALEJOS RAMÓN venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, portador de la cédula de Identidad N° V-7.503.245.
ABOGADO ASISTENTE: Ciudadana Abg. BETZAIDA ALEXANDRA ZERPA BLASCO INPREABOGADO bajo los Nº 142.122.
PARTE DEMANDADA:
ABOGADO ASISTENTE: Ciudadano ALEJOS ARNOLDO JOSÉ Venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 7.581.271
Ciudadano Abg. ELVYN JOSÉ QUIROGA BAUDIN inscrito en el INPREABOGADO Nº 189.871
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO
I
NARRATIVA
El presente procedimiento se recibió por distribución mediante Demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, incoado por el ciudadano RAMÓN ALEJOS venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, portador de la cédula de identidad N° V-7.503.245 de este domicilio, debidamente asistido por la Abg. BETZAIDA ALEXANDRA ZERPA BLASCO inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 142.122 en contra del ciudadano ARNOLDO JOSÉ ALEJOS venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, portador de la cédula de identidad Nº V-7.581.271.
En fecha miércoles veintiuno (21) de Mayo de 2025, se le dio entrada y registró en el libro respectivo bajo el Nº 1252/25, se admitió la demanda y se ordenó librar compulsa y Boleta de Citación, a los fines de emplazar al Ciudadano ARNOLDO JOSÉ ALEJOS portador de la Cedula de Identidad Nº V-7.581.271. Folio 44 Vlto.
En fecha martes veintisiete (27) de Mayo de 2025, el ciudadano Alguacil suplente de éste Tribunal consignó la boleta de Citación, debidamente firmada por el Ciudadano ARNOLDO JOSÉ ALEJOS portador de la Cedula de Identidad Nº V- 7.581.271, a los fines de dar contestación a la demanda. Folio 45 Vlto.
En fecha miércoles once (11) de Junio de 2025, compareció por ante este Tribunal, el ciudadano ARNOLDO JOSÉ ALEJOS venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero y portador de la Cedula de Identidad Nº V-7.581.271 debidamente asistido por el Abg. Elvyn José Quiroga Baudin inscrito en el INPREABOGADO Nº 189.871, quien mediante escrito reconoció formalmente el instrumento privado objeto de este juicio, contentivo del documento de compra-venta de un lote de terreno cuya ubicación y medidas se encuentran detalladas en dicho original cursante al folio cinco y vuelto (05 vto.) que emanó de él cómo heredero de la ciudadana Gisela Alejos titular de la Cedula de Identidad Nº V-816.113 quien en vida fuera su madre y la vendedora, que su contenido es cierto y que de ella es la firma, donde declara:
… “Es cierto que en el año 1985, mi madre Gisela Alejos, antes identificada, le vendió a través de documento privado a mi hermano, Ramón Alejos, identificado en autos, un lote de terreno que le pertenecía…. Es cierto que mi madre y vendedora, Gisela Alejos, antes identificada, falleció en fecha 30 de enero de 2017, y que dejó dos (02) herederos, a mi hermano, Ramón Alejos, hoy demandante, y a mi persona, Arnoldo José Alejos, aquí demandado… Son ciertos, tanto los hechos así como el derecho invocados en el libelo, por lo cual, convengo en todo y cada uno de las partes contenidas en el presente juicio… es por lo que solicito que el presente escrito de contestación de demanda sea recibido… y que la demanda de reconocimiento de Documento Privado, sea declarada con lugar y renuncio a los lapsos procesales…” el mismo fue agregado al expediente por auto de este Tribunal en la misma fecha de su presentación. Folios 46 Vlto. y 47
En atención a que el Ciudadano ARNOLDO JOSE ALEJOS portador de la Cedula de Identidad Nº V-7.581.271 reconoció el CONTENIDO Y FIRMA DEL DOCUMENTO PRIVADO, que riela al folio cinco y vuelto (05 vto.) del presente expediente,
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