REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Guama: Viernes, Trece (13) de Junio de Dos Mil Veinticinco (2025)

AÑOS: 215º y 166º

Vistas las anteriores actuaciones relativas a la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la Ciudadana MARTINA MONSERRAT DE LOPEZ venezolana, mayor de edad, estado civil casada y portadora de la Cédula de Identidad Nº V-6.606.521, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio Jerry Manuel Goyo García quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 168.881, en el cual solicitó un Justificativo de Perpetua Memoria (TITULO SUPLETORIO) de unas bienhechurías construidas sobre un lote de Terreno Propiedad Municipal ubicado en la Avenida 3, entre calles 7 y 8, Sector Centro II, San Pablo Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, cuyas medidas, linderos, especificaciones y características se encuentran detalladas en el escrito de la solicitud. Se admitió la solicitud en fecha Martes veinte (20) de Mayo de Dos Mil Veinticinco (2025), registrándolo en el libro respectivo bajo en Nº 2837/25; se ordenó de conformidad con el Articulo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, librar oficio de Notificación al Ciudadano Alcalde del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy y oír en su debida oportunidad las declaraciones de los Testigos que presentara la parte solicitante. Seguidamente, en fecha 21-05-2025 fue recibida por parte de la Alcaldía del Municipio Arístides Bastidas la Notificación bajo el oficio 3320-084-2025 y consignada por el Alguacil Suplente de este Tribunal en esta misma fecha. Posteriormente, en fecha 03-06-2025 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, Ciudadanos: ANA KATIUZCA SOTO ARTEAGA y CARLOS ALBERTO SOTO ARTEAGA venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédula de Identidad Nº V-20.177.943 y V-17.157.193 respectivamente, las cuales son apreciadas por esta Juzgadora a favor de su promovente por encontrarlas contestes entre sí, pues demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Asimismo, la Ciudadana Abg. Claudia Álvarez Ramírez en su carácter de Sindico Procuradora del Municipio Arístides Bastidas remitió su criterio favorable, recibido por este Tribunal en fecha 12-06-2025