REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY.
Guama: Lunes, veintitrés (23) de Junio de Dos Mil Veinticinco (2025)
AÑOS: 215º y 166º
EL SOLICITANTE: Ciudadano: FREDY OMAR GAINZA, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, portador de la Cédula de Identidad Nº V-4.477.840.
ABOGADO ASISTENTE: Abg. LORENZO RAMON ZAVALA ARISMENDI, INPREABOGADO N° 117.883
EXPEDIENTE NÚMERO: 2841/25
MOTIVO: INSPECCION JUDICIAL.
La presente solicitud de INSPECCION JUDICIAL, fue recibido mediante Distribución en fecha 09/06/2025 solicitud interpuesta por el Ciudadano: FREDY OMAR GAINZA, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nº V-4.477.840, debidamente asistido en este acto por el Abogado en ejercicio LORENZO RAMON ZAVALA ARISMENDI quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 117.883. Se le dio entrada a la solicitud en fecha trece (13) de Junio de Dos Mil Veinticinco (2025), se formó expediente y se registró en el libro respectivo bajo el Nº 2841/25. En virtud de la revisión exhaustiva de la presente solicitud, esta Juzgadora solicita a la parte interesada que se corrija el escrito de solicitud. Por tal razón, se le concedieron cinco (05) días de despacho siguientes al auto antes mencionado, de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del Artículo 11 Código de Procedimiento Civil
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