REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 27 de Mayo de 2025
AÑOS: 214º y 165º
ASUNTO : UP11-H-2025-000150
SOLICITANTES: Ciudadanos JOHANNYS MICHELLE SÁNCHEZ ROMERO Y GABRIEL ALEJANDRO COLMENARES FRANCO , titulares de las Cedulas de Identidad Nº 26.602.880 Y 22.302.603 representados por la defensora publica Yisneidy Torrealba
BENEFICIARIO: La niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, con pasaporte venezolano Nº 196608848
HOMOLOGACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR

Los ciudadanos JOHANNYS MICHELLE SÁNCHEZ ROMERO Y GABRIEL ALEJANDRO COLMENARES FRANCO, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 26.602.880 Y 22.302.603 representados por la defensora publica Yisneidy Torrealba, presentan la presente homologación en la cual quedo establecido el acuerdo sobre la autorización para viajar fuera del país a favor de la niña de auto, el cual quedó establecido en los siguientes términos: Con respecto a la AUTORIZACION DE VIAJE se estableció: “ AUTORIZO a mi hija (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),de 8 años de edad, venezolana, con pasaporte Venezolano Nº 196608848, expedido 10-04-2025 y con fecha de vencimiento 9-4-2030, para que viaje específicamente a ALEMANIA , en fecha 28-5-2025, en compañía de su MADRE, ya que van a viajara con fines de recreación y para visitar a su tia ciudadana DANIELA LINZ con número de identificación 5460559, dirección ALEMANIA NEUSE STRESSE 1019309 BERNHEIDE, presente la ciudadana JOHANNYS MICHELLE SÁNCHEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular d ela cedula de identidad Nº 26.602.880 estoy de acuerdo y autorizo a mi hija, para que viaje, específicamente a ALEMANIA , con el siguiente itinerario de viaje y condiciones: salida el día 28-05-2025 desde el aeropuerto internacional Simón Bolívar ubicado en la guaira estado la guiara, en el vuelo Nº IB 0192 con la aerolínea IBERIA en compañía de su MADRE hasta MADRID, luego seguir desde MADRID, en el vuelo IB 1805 hasta BERLIN BRANDENBU con la misma aerolínea IBERIA con fecha de retorno el día 14-06-2025, saliendo del aeropuerto internacional de BERLIN BRANDENBURG, al aeropuerto Internacional de LISBON AIRPORT, en el vuelo Nº TP 535,con la línea aérea AIR PORTUGAL , luego salir desde el aeropuerto de LISBON AIRPORT al aeropuerto de Maiquetía - Simón Bolívar ubicado en la Guaira estado la guaira, en el vuelo Nº TP 171 bajo la misma aerolínea “ En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se HOMOLOGA en sus propios términos dichos convenios, por no ser contrarios a la moral y a las buenas costumbres, o a alguna disposición expresa de la Ley. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), con pasaporte venezolano Nº 196608848 viaje con destino a ALEMANIA en compañía de su MADRE la ciudadana JOHANNYS MICHELLE SÁNCHEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 26.602.880 con pasaporte venezolano Nº 196608686 con el siguiente itinerario: salida el día 28-05-2025 desde el aeropuerto internacional Simón Bolívar ubicado en la guaira estado la guiara, en el vuelo Nº IB 0192 con la aerolínea IBERIA en compañía de su MADRE hasta MADRID, luego seguir desde MADRID, en el vuelo IB 1805 hasta BERLIN BRANDENBU ( VER) con la misma aerolínea IBERIA con fecha de retorno el dia 14-06-2025, saliendo del aeropuerto internacional de BERLIN BRANDENBURG, al aeropuerto Internacionla de LISBON AIRPORT, en el vuelo Nº TP 535,con la línea aérea AIR PORTUGAL , luego salir dese el aeropuerto de LISBON AIRPORT al aeropuerto de Maiquetía - Simón Bolívar ubicado en la Guaira estado la guaira, en el vuelo Nº TP 171 bajo la misma aerolínea . .Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, copia certificada que soliciten las partes de la presente homologación.

Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los Veintisiete (27) días del mes de Mayo de 2025. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.

La Jueza,

Abg. Rossmary Ceballos Olmos
La Secretaria,
Abg. MARIA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ
En la misma fecha se público y registro la anterior sentencia se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,
Abg. MARIA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ