REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 07 de Mayo de 2025
AÑOS: 214º y 165º
ASUNTO : UP11-H-2025-000106
SOLICITANTES: Ciudadanos GRABRIELYS MARIN ILARRAZA GARCIA Y ORLANDO FRANCISCO PARRA ESCUDERO , titulares de las Cedulas de Identidad Nº 14.336.466 Y 12.279.864 respectivamente, asistida por el defensor publico provisorio tercero Javier Bolívar
BENEFICIARIO: La adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, titular de la cedula de identidad Nº 33.197.250 con pasaporte venezolano Nº 196276962
HOMOLOGACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR

Los ciudadanos GRABRIELYS MARIN ILARRAZA GARCIA Y ORLANDO FRANCISCO PARRA ESCUDERO , titulares de las Cedulas de Identidad Nº 14.336.466 Y 12.279.864 respectivamente, asistida por el defensor publico provisorio tercero Javier Bolívar presentan la presente homologación en la cual quedo establecido el acuerdo sobre la autorización para viajar fuera del país a favor de la niña de auto, el cual quedó establecido en los siguientes términos: Con respecto a la AUTORIZACION DE VIAJE se estableció: “ toma la palabra la ciudadana GRABRIELYS MARIN ILARRAZA GARCIA con el carácter antes expresado y manifiesta: comparezco por antes este despacho en interés superior de mi hija y en garantía de sus derecho a la recreación y compartir con la familia materna en dicho país referido AUTORIZO a mi hija la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),ampliamente identificada para que viaje al exterior en fecha 11-05-2025 en compañía de personal de azafata perteneciente a la línea aérea AIR EUROPA según consta en recibo de servicios contratados (EMD) por concepto de VUELO ASISTIDO signado con el numero de documento 996 4562745465 de fecha 31-03-2025 quine viajara a MADRID – ESPAÑA con el siguiente itinerario de viaje y condiciones: salida el día domingo 11-05-2025, desde el aeropuerto internacional Simón Bolívar ubicado en Maiquetía abordando el vuelo UX 72, de la línea aérea AIR EUROPA a las 21:40 con llegada el día Lunes 12-05-2025 al aeropuerto Internacional de MADRID – ESPAÑA con fecha de retorno al país el día 22-05-2025 partiendo el día jueves 22-05-2025 del aeropuerto Internacional de MADRID- ESPAÑA en el vuelo PU 701, de la línea aérea PLUS ULTRA líneas aéreas a las 01:00 pm con destino a la República Bolivariana de Venezuela el día 22-05-2025 presente el ciudadano ORLANDO FRANCISCO PARRA ESCUDERO manifiesta estoy de acuerdo con lo plateado por la ciudadana GRABRIELYS MARIN ILARRAZA GARCIA” Ambas partes solicitan al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial que imparta la Homologación al presente acuerdo el cual surte efectos inmediatos. En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se HOMOLOGA en sus propios términos dichos convenios, por no ser contrarios a la moral y a las buenas costumbres, o a alguna disposición expresa de la Ley. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),titular de la cedula de identidad Nº 33.197.250 con pasaporte venezolano Nº 196276962 viaje con destino a la ciudad de MADRID – ESPAÑA bajo la modalidad de VUELO ASISTIDO con fecha salida el día domingo 11-05-2025, desde el aeropuerto internacional Simón Bolívar ubicado en Maiquetía abordando el vuelo UX 72, de la línea aérea AIR EUROPA a las 21:40 con llegada el día Lunes 12-05-2025 al aeropuerto Internacional de MADRID – ESPAÑA con fecha de retorno al país el día 22-05-2025 partiendo el día jueves 22-05-2025 del aeropuerto Internacional de MASDRD- ESPAÑA en el vuelo PU 701, de la línea aérea PLUS ULTRA líneas aéreas a las 01:00 pm con destino a la República Bolivariana de Venezuela el día 22-05-2025 .Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, copia certificada que soliciten las partes de la presente homologación.

Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los Siete (07) días del mes de Mayo de 2025. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.

La Jueza,

Abg. Rossmary Ceballos Olmos
La Secretaria,
Abg. JOIS LOVERA
En la misma fecha se público y registro la anterior sentencia se cumplió con lo ordenado.


La Secretaria,
Abg. JOIS LOVERA