REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, tres (03) de noviembre de 2025
215° y 166°
EXPEDIENTE Nº JSA-2025-000557
Recibido en esta misma fecha tres (03) de noviembre del presente año, oficio identificado bajo el N° JPPA-0272/2025, de fecha veintisiete (27) de octubre del año que discurre, procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual remite a esta Alzada, Expediente signado bajo el Número A-0777 (nomenclatura llevada por ese Juzgado), conformado por una (01) PIEZA PRINCIPAL constante de noventa y nueve (99) folios útiles incluyendo el oficio de remisión; en la demanda que por SERVIDUMBRE DE PASO, incoada por el ciudadano JESÚS ANTONIO ÁLVAREZ BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.270.848 respectivamente; debidamente asistido por el abogado en ejercicio ALBERTO ANTONIO FERNÁNDEZ PEÑA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 238.702; en contra del ciudadano EUREN FELIPE ARRIECHI ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.997.169 respectivamente; en virtud del RECURSO DE APELACIÓN ejercido en fecha, veinticuatro(24) de octubre de dos mil veinticinco (2025), por la parte actora, en contra de la decisión pronunciada por el a quo, el día dieciséis (16) de octubre de 2025;en tal sentido, désele entrada, tómese razón en los libros respectivos, fórmese expediente signándole el número JSA-2025-000557 (nomenclatura particular de este Juzgado), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil; a tal efecto, se fija un lapso de ocho (08) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en segunda instancia, conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.
El Juez Provisorio,
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ
EXPEDIENTE Nº JSA-2025-000557
CALO/KVH/