REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Guama: Jueves, veintisiete (27) de Noviembre de Dos Mil Veinticinco (2025)
AÑOS: 215º y 166º
Vistas las anteriores actuaciones relativas a la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana ISAMAR TERESA GRANADO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad N° V-20.319.983, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio FELIX ANTONIO RIVAS PEÑA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 305.360, en el cual solicitó un Justificativo de Perpetua Memoria (TITULO SUPLETORIO) de unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la Av. 8, Sector 3, Brisas del Carmen, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, cuyas medidas, linderos, especificaciones y características se encuentran detalladas en el escrito de solicitud. Se admitió la solicitud en fecha 24/11/2025, registrándola en el libro respectivo bajo en Nº 2867/25, ordenándose oír en su debida oportunidad las declaraciones de los testigos que presente la parte solicitante. Posteriormente, en fecha 27/11/2025, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: EDELSIS YOSELIS LOPEZ TORRES y JOSE RAFAEL LOPEZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nº V-16.260.998 y V-30.015.632, respectivamente, las cuales son apreciadas por esta Juzgadora a favor de su promovente por encontrarlas contestes entre sí, pues demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por las razones anteriormente expuestas.
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