Vista la demanda de RECONONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, presentada por el ciudadano:CARLOS ENRIQUE BELLO HERRERA, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-10.500.164; asistido por el abogado en ejercicio: WALFRED COROMOTO RAMOS,inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el número 174.060, contra el ciudadano: ANDRES BELLO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-12.247.417, domiciliado en la Calle Primera del sector Brisas de Copa Redonda, Sabana de Parra municipio José Antonio Páez, estado Yaracuy. Este Tribunal observa en la presente solicitud donde el mencionado ciudadanoANDRES BELLO RODRIGUEZ,ha llegado a un CONVENIMIENTO de mutuo acuerdo, en relación a la solicitud de RECONONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO y solicita la HOMOLOGACION del mismo;