REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nirgua, 11 de noviembre de 2025
Años: 215º 166º

Visto escrito presentado por la ciudadana MAIBA MELIN PINTO REYES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-13.984.871, domiciliada en la calle 9, sector “El Calvario” del municipio Nirgua del estado Yaracuy, asistida por la abogada NAYLUIS GEORYE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.969.424, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 238.949, con domicilio en el municipio Nirgua, estado Yaracuy, los documentos anexos y las de¬claraciones de los testigos jurados ciudadanos PEDRO PABLO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.575.353, de sesenta y cuatro (64) años de edad, soltero y FREDY ERNESTO AGUIAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.483.694, de sesenta y nueve (69) años de edad, casado; este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecida en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución N° 2009-000 de fecha 18 de Marzo del 2009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presente actuaciones JUSTIFICATICO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponden a los ciudadanos RAMONA REYES SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-6.605.455, JOSE ABELARDO PINTO REYES, titular de la cedula de identidad Nº V-11.351.267, MARIA SEVERIANA PINTO REYES, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.348.510, MARIA YNMACULADA PINTO REYES, titular de la cedula de identidad Nº V-12.603.758, CARLOS AUGUSTO PINTO REYES, titular de la cedula de identidad Nº V-12.286.796, HENRY RAFAEL PINTO REYES, titular de la cedula de identidad Nº V-15.721.946, HEIDY COROMOTO PINTO REYES, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.843.556, YRIS DEL VALLE PINTO REYES, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.721.947, JOSE DELFIN PINTO REYES, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.661.549 y MAIBA MELIN PINTO REYES, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.984.871 en su condición de cónyuge la primera y de hijos los demás, del causante DELFIN PINTO HEREDIA, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-7.508.972, de ochenta y cuatro (84) años de edad, fallecido ab intestato, en fecha veinte (20) de junio de 2025, según acta de defunción N° 15 de fecha 30 de junio del año 2025, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original con sus resultas al solicitante a los fines de Ley. Déjese copia de esta Providencia.

Abga. YADIRA OCHOA HENRIQUEZ,
LA JUEZA TEMPORAL.

Abga. MARIANGELICA PEREIRA ROA,
LA SECRETARIA SUPLENTE.



En la misma fecha se devuelven los originales constantes de treinta y ocho (38) folios útiles.

Abga. MARIANGELICA PEREIRA ROA,
LA SECRETARIA SUPLENTE.