REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, tres (03) de octubre de (2025)
215° y 166°
EXPEDIENTE Nº JSA-2024-000542
Visto el escrito inserto a los folios 59 y 60, suscrito y presentado por la abogada en ejercicio JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Numero V-6.802.002 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.076, actuando en su condición de coapoderada judicial de la sociedad mercantil AGROPECUARIA “SAN PEDRO” C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha, 19 de diciembre de 1994, bajo el número 15, tomo 6- A, y ultima Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas, protocolizada por ante el referido Registro, en fecha,13 de septiembre de 2021, bajo el numero 39, Tomo 20-A RM 466, parte recurrente en la presente causa, en la cual expone: “(…) 1.- Solicito se sirva ratificar el Oficio para que por la vía de prueba de informes el Tribunal requiera al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), suministre al Tribunal si en efecto Agropecuaria San Pedro C.A. se encuantra inscrita en ese Servicio, si posee información fiscal y se determine la clase de rubro al que pertenece y si por la actividad especial que pudiera desempeñar está excenta de algún impuesto especial. 2.- Ratifique el requerimiento del Tribunal contenido en Oficio enviado al Instituto Nacional de Tierras, en el cual se solicita la remisión a este digno Tribunal Superior de los antecedentes administrativos identificados con el Alfanumérico ORT-22-22-2202-000001-DTO, de devienen del presente caso al ente recurrido, esto es, el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), a los fines de probar y que el Tribunal constate la relación de los hechos aquí planteada y se proceda adminiculadas con las otras pruebas ofrecidas en la declaratoria de Nulidad del Acto Administrativo con que esta demanda de Nulidad se adversa; así las cosas, solicito se designe correo especial al ciudadano MANUEL RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN, Venezolano, portador de la cédula de identidad N° 8.518.756, Productor Agropecuario para que traslade dicho oficio al INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI)(…)”, a tal efecto, este Juzgado provee de conformidad, y en consecuencia, se ordena ratificar el oficio JSA-0070/2025, librado al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria Región Centro Occidental, sector San Felipe. Por otra parte, Revisadas las actuaciones procesales cursantes en autos, se observa que no constan las resultas de la comisión conferida al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y estado Miranda mediante oficio Numero JSA-0072/2025, de fecha, veintidós (22) de Julio del año en curso; a tal efecto, se acuerda oficiar al mencionado Juzgado a los fines de que informe el estado en que se encuentra la misma; en ese sentido, desígnese como Correo Especial al ciudadano MANUEL RODRÍGUEZ CONCEPCIÓN, titular de la cedula de identidad número V-8.518.756. Levántese el acta en su oportunidad. Cúmplase todo lo ordenado.
El Juez Provisorio,
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,
ABG. KARELIS JOSEFINA VEGA HERNÁNDEZ.
EXPEDIENTE Nº JSA-2024-000542
CALO/KV/rw