REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 14 de octubre de 2025.
Años: 215º y 166º.
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana LEYDA COROMOTO BONILLA MALDONADO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-9.327.062, debidamente asistida por la abogada Francelys Gutiérrez, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 315.001, sobre las mejoras de unas bienhechuría ubicada en la calle 11, entre avenidas 10 y 11, comunidad Pozo Nuevo de Chivacoa municipio Bruzual del estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción general de SETECIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON DIECISÉIS CENTÍMETROS (743,16 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Casa y solar que es ó fue de los Hermanos Brandt, con una longitud de veinte metros lineales con veinticinco centímetros (20,25 Ml); Sur: Casa y solar que es ó fue de Félix Parra y Yovany Rivas, con una longitud de trece veinte metros lineales con diez centímetros (20,10 Ml); Este: Casa y solar que es ó fue de la Familia Cedeño, con una longitud de ocho metros lineales con cincuenta centímetros (8,50 Ml); y Oeste: Calle 11, su frente, con una longitud de nueve metros lineales con cincuenta y cinco centímetros (9,55 Ml); y está construida sobre un área de terreno propio, que mide CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUATRO CENTÍMETROS (182,04 Mtrs²), según documento protocolizado por la oficina de Registro Público con Funciones Notariales el municipio Bruzual del estado Yaracuy, en fecha 01 de marzo del año 2013, inscrito bajo el Nº 2012.243, asiento registral 2, del inmueble matriculado con el Nº 460.20.2.1.1016, correspondiente al libro de folio real del año 2012 y cédula Catastral con código 22-03-01-AU-103-05-12, emitido por la Dirección de Catastro del municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 31 de marzo del 2025. Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintidós (22) de septiembre del 2025; en dicha área de terreno se encuentra un edificio discriminado de la siguiente manera: Planta Baja integrada por dos (02) locales, DISCRIMONADOS DE LA SIGUIENTE MANERA: el primer dígito corresponde a la planta o nivel y el segundo dígito la identificación del local, así Primer Nivel: LOCAL 01-01: con un área de terreno y de construcción de CIEN METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTÍMETROS (100,25 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Casa y solar que es ó fue de los Hermanos Brandt, con una longitud de veinte metros lineales con veinticinco centímetros (20,25 Ml); Sur: Local de Leyda Bonilla, con una longitud de dieciséis metros lineales con cuarenta y cinco centímetros (16,45 Ml); Este: Casa y solar que es ó fue de la familia Cedeño, con una longitud de cuatro metros lineales con sesenta y tres centímetros (4,63 Ml) y Oeste: Calle 11, su frente, con una longitud de cuatro metros lineales con cuarenta y cinco centímetros (4,45 Ml), según cédula catastral con el Nro. 22-03-01-AU-103-05-12-00-01-01, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 31-03-2025. LOCAL Nº 01-02: con un área de terreno y de construcción de CIEN METROS CUADRADOS CON VEINTITRÉS CENTÍMETROS (100,23 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Local de Leyda Bonilla, con una longitud de veinte metros lineales con quince centímetros (20,15 Ml); Sur: Casa y solar de Félix Parra – Yovany Rivas y escaleras, con una longitud de veinte metros lineales con diez centímetros (20,10 Ml); Este: Casa y solar que es ó fue de la familia Cedeño, con una longitud de cinco metros lineales con veinticinco centímetros (5,25 Ml) y Oeste: Calle 11, su frente, con una longitud de cinco metros lineales con diez centímetros (5,10 Ml), según cédula catastral con el Nro. 22-03-01-AU-103-05-12-00-01-02, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 31-03-2025. APARTAMENTO Nº 02-01: Con un área de terreno y de construcción de CIENTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTÍMETROS (167,09 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Con vista a casa y solar de los hermanos Brandt, con una longitud de veinte metros lineales con setenta y cinco centímetros (20,75 Ml); Sur: Con vista a casa y solar de Felix Parra – Yovany Rivas y Escaleras, con una longitud de veinte metros lineales con setenta y cinco centímetros (20,75 Ml); Este: Con vista a casa y solar de la familia Cedeño, con una longitud de ocho metros lineales con treinta centímetros (8,30 Ml) y Oeste: Con vista calle 11, con una longitud de nueve metros lineales con cincuenta y cinco centímetros (9,55 Ml), según cédula catastral con el Nro. 22-03-01-AU-103-05-12-00-02-01, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 31-03-2025. APARTAMENTO Nº 03-01: Con en un área de terreno y de construcción de CIENTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS (187,85 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Con vista a casa y solar de los hermanos Brandt, con una longitud de veinte metros lineales con setenta y cinco centímetros (20,75 Ml); Sur: Con vista a casa y solar de Félix Parra – Yovany Rivas y escaleras, con una longitud de veinte metros lineales con setenta y cinco centímetros (20,75 Ml); Este: Con vista a casa y solar de la familia Cedeño, con una longitud de diez metros lineales con cinco centímetros (10,05 Ml) y Oeste: Con vista calle 11, con una longitud de nueve metros lineales con cincuenta y cinco centímetros (9,55 Ml), según cédula catastral con el Nro. 22-03-01-AU-103-05-12-00-03-01, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 31-03-2025. APARTAMENTO Nº 04-01: Con un área de terreno y de construcción de CIENTO NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS (199,84 Mtrs²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Con vista a casa y solar de los hermanos Brandt, con una longitud de veinte metros lineales con setenta y cinco centímetros (20,75 Ml); Sur: Con vista a casa y solar de Félix Parra – Yovany Rivas y escaleras, con una longitud de veinte metros lineales con setenta y cinco centímetros (20,75 Ml); Este: Con vista a casa y solar de la familia Cedeño, con una longitud de diez metros lineales con cinco centímetros (10,05 Ml) y Oeste: Con vista calle 11, con una longitud de nueve metros lineales con cincuenta y cinco centímetros (9,55 Ml), según cédula catastral con el Nro. 22-03-01-AU-103-05-12-00-04-01, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 31-03-2025. Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintidós (22) de septiembre de 2025; y en fecha catorce (14) de octubre de 2025, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos MILAGROS JOSUE DEVIEZ HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-24.165.777, domiciliada en la avenida 14 entre calles 10 y 11, de la ciudad de Chivacoa municipio Bruzual del estado Yaracuy, y RUBÉN JOSÉ SEQUERA OSORIO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-17.993.686, domiciliado avenida 7 entre calles 12 y 13, sector Barrio Centro de Chivacoa municipio Bruzual del estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promovientes, por encontrarlas contestes entre sí, pues las testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana LEYDA COROMOTO BONILLA MALDONADO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-9.327.062, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 001-2022, EMANADA, SALA DE LA CASACIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN FECHA 16 DE JUNIO DE 2022, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los catorce (14) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025). Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Abg. EGG/Spt/iriesmar.-
Sol: 5343-2025.
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