REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintinueve (29) de septiembre de 2025
215° y 166°

EXPEDIENTE Nº JSA-2025-000555

Visto el computo inserto al folio que antecede y posterior a una revisión exhaustiva de las actas procesales cursantes en el presente expediente, se evidencia que transcurrido el lapso a que hace referencia el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que las partes hicieran uso de este, encontrándose en consecuencia firme la misma. A tal efecto, remítase con oficio original del presente expediente conformado por una (1) pieza al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy con sede en esta ciudad de San Felipe para que conozca la causa conforme lo dispone la parte in fine del artículo 69 ejusdem. Regístrese la salida en los Libros correspondientes
El Juez Provisorio,

ABOG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO.

El Secretario Temporal,

ABOG. RICHARD WORMES.

En esta misma fecha se remitió con oficio numero JSA-2025/0114 el expediente original conformado por una (1) Pieza Principal constante de dieciséis (16) folios útiles al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy con sede en esta ciudad de San Felipe y se cumplió todo lo demás ordenado en el auto que antecede.

El Secretario Temporal,

ABOG. RICHARD WORMES.











EXPEDIENTE N° JSA-2025-000555
CALO/RW

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintinueve (29) de septiembre de 2025
215° y 166°

No. OFICIO Nº. JSA-0114/2025
CIUDADANO.
ABOG. ALY ALCIDES TORREALBA.
JUEZ DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY CON SEDE EN SAN FELIPE.
SU DESPACHO.

Ante todo un cordial saludo. Adjunto al presente oficio, remito a usted, expediente signado con el Nº JSA-2025-000555, nomenclatura particular de este Juzgado, relativo a DEMANDA AGRARIA, relacionado a “Remisión de Denuncia” formulada por el Ciudadano ALEXIS MONTAÑEZ RAMIREZ, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Numero V-8.711.307, con ocasión a “paso provisorio de servidumbre”, conformado por una (01) pieza, constante de dieciséis (16) folios útiles, incluyendo el presente oficio, en virtud de la decisión dictada por este Juzgado, en fecha, diecinueve (19) de septiembre del año en curso, en virtud a la declaratoria de Incompetencia en razón del Territorio, a los fines de que conozca de la misma de conformidad con la parte in fine del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.



Remisión que se hace a los fines legales consiguientes.



DIOS Y FEDERACIÒN,


ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO.
Juez Provisorio del Juzgado Superior Agrario
de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.








Anexo: Expediente Judicial.
Expediente: JSA-2025-000555.-
CALO/RW

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