Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación intentado por la sociedad mercantil DECARO MOTORS DEL ESTE C.A. -parte demandada- representada judicialmente por el Abogado en ejercicio EDGAR ALEJANDRO FRIA TORRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.136, contra la sentencia dictada en fecha 10 de Noviembre de 2010, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE MODIFICA, la decisión apelada de fecha 10 de Noviembre de 2.010, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropoli.....