este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el articulo 110 del Código Civil, designar CURADOR AD HOC, de la adolescente Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diecisiete (17) años de edad, a la ciudadana Maria Luisa Mendoza Arteaga, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.524.690 y con residencia en Salón, sector Pueblo Viejo, Municipio Nirgua del Estado Yaracuy. Solicitud realizada por el ciudadano JOSE LUIS VENEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.666.456, con domicilio en la Recta de Salón, Sector Pueblo Viejo, Casa s/n, municipio Nirgua estado Yaracuy, actuando en su propio nombre y en repr.....