Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado EDGAR A. RODRIGUEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 14 de agosto de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes el fallo recurrido.
TERCERO: Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.