Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo este JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: SIN LUGAR, la demanda que por motivo de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos, ha incoada por la ciudadana MARISELA LOZADA VELLEVE, en contra de la EMPRESA PARA LA INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA LATINOAMERICANA, S.A., FERROLASA.
No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza de esta decisión.
Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la Republica sin necesidad de suspensión pues la decisión no obra contra sus intereses.-