Después de revisadas las actuaciones y elementos que conforman a la presente causa considera quien juzga, se cumplen los requisitos de Ley, en consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana, MILDRE VIOLETA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.516.078, domicilia en la calle 6 entre segunda y tercera, casa Nº 2-7, municipio San Felipe estado Yaracuy, en su condición de madre y representante legal de las adolescente (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), titular de la cedula de identidad Nº 27.699.904, quien se encuentra asistido por la Abg. Yasnela Martinez L.....