D I S P O S I T I V A
Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de le República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: único: otorga la libertad al penado: CACHAZO RANGEL IKER ALEXIS, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 14.906.801, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 105 del Código Penal vigente para la fecha de comisión del delito; en virtud de haber cumplido con la pena principal, que le fuera impuesta por el Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16 de Octubre de 2004, a cumplir la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el articulo 278.....