En mérito de lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y siendo que en el presente asunto se permite la mediación, ya que no vulnera los derechos ni norma procesal alguna, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR Y PARA CAMBIAR DE DOMICILIO INTERNACIONAL, para que el niño
(Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), , nacido en fecha 2 de abril de 2022, Pasaporte Venezolano N° 181457837, pueda viajar y residenciarse junto a su progenitora, en la siguiente dirección: Avenida Manuel Llaneza, 27-04-A, Distrito 7-47, Gijón, Reino de España, saliendo vía aérea en fecha 7 de julio de 2024, en el vuelo TK 0224 de la Aerolínea TURKISH AIRLINES DESDE Ca.....