El Tribunal vista la exposición anterior y el pedimento en ella contenido, acuerda continuar con la práctica de esta medida y, en cumplimiento de la misión que le fuera conferida por el JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, procede hacer la ENTREGA MATERIAL del "Inmueble constituido por dos (2) locales comerciales, distinguidos con el No. 17, que forma parte del inmueble denominado quinta "Villa Nena", No. 25.10, ubicada en la tercera Avenida entre las Calles España, hoy Boulevard de Catia y la Calle Argentina de Catia, Parroquia Sucre Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital" y, procede a colocarlo en posesión de la parte actora, representada en este acto por su apoderado judicial ERNESTO ALBEN MONCADA, antes identificado, quien estando presente acepta y recibe el inmueble antes identificado, a su plena conformidad para su representada, así como las llaves de los inmuebles, las cuales fueron cambiadas a sus prop.....