Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado contra la sentencia dictada por este Despacho Judicial en fecha 12 de noviembre de 2015, por la abogada en ejercicio Patricia Hamerlok Tariffi, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.409, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en la incidencia de apelación ejercida respecto a la inadmisibilidad de la reconvención de acción mero declarativa de concubinato, opuesta por el referido ciudadano, en el juicio que por acción reivindicatoria sigue la ciudadana ARIAM TAGLIERI RAMOS contra el ciudadano EDGAR ALEXANDER CADENA TAMARONIS.