DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación con motivo de Efecto Suspensivo interpuesto por el Fiscal Segundo del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 08 de este Circuito Judicial Penal, en audiencia celebrada en fecha 01 de Abril de 2009, mediante la cual le otorgó la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenida en el artículo 256 ordinal 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, la cuál consiste en Presentación Periódica cada 8 días ante la taquilla de presentación de imputados de este Circuito Judicial Penal y Prohibición de Salida del estado Lara, a la imputada Maria Elena Rojas Burgos.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la Decisión del A q.....