D I S P O S I T I V A:
Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de le República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: UNICO: OTORGA LA LIBERTAD PLENA al penado: OROPEZA DUQUE HUMBERTO ENRIQUE, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.670.000, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 105 del Código Penal vigente para la fecha de comisión del delito; en virtud de haber cumplido con la pena principal, que le fuera impuesta en 17-09-2004 por el Juzgado 28º de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES, DIECISIETE (17) DIAS Y CUATRO (04) HORAS DE PRISION por la comisión del delito de REISTENCIA A LA AUTORIDAD Y LESIONES PERSONALES INTENSIONALES GRAVES, previsto y sanci.....