en consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL el ciudadano José Alfredo Manzanilla Bianchi, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.860.947, abogado, inpreabogado Nº 138.697 de este domicilio, representante legal del adolescente (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), para que proceda a cobrar a favor de su hijo la suma de dinero que le corresponda, por haber sido hijo de la ciudadana BELKYS TIBISAY COLINA MONTIEL, quien era titular de la cedula de identidad Nº 7.514.333, fallecida ab-intestato en fecha 18 de Mayo de 2012, por ante el Ministerio del Poder Popular para la Educació.....