Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por el abogado José Jesús Rivero Burgos actuando en su propio nombre contra la decisión proferida en fecha 07 de abril de 2014 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró improcedente la presente acción de amparo constitucional.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por el abogado José Jesús Rivero Burgos contra la sentencia definitivamente firme proferida por el Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas e.....