este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, concede el lapso de cuarenta y ocho (48) horas para que el Ministerio Público consigne su escrito de opinión, por lo cual se difiere el pronunciamiento de la sentencia para dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, después de presentado el mencionado escrito.