D E C I S I Ó N
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana IRIS MAGALI TALAVERA GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 8.596.925 y el ciudadano GERLÍN JOSÉ CARRILLO MAJANO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 14.443.926, asistidos del abogado ANDRÉS JOSÉ OCHOA OJEDA, inscrito en el Inpreabogado según matrícula N° 121.671. En consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y contraído entre ellos, en fecha 15 de julio de 2000, en la casa de habitación de la contrayen.....