Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas, en virtud de la decisión del principio de reciprocidad establecido por decisión del Tribunal Supremo de Justicia, en cuanto a las costas cuando se trata de Organismos de la Administración Pública o empresas en las que el Estado Venezolano tenga interés en el.