PRIMERO: se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de APELACION interpuesto en fecha 29/10/2018, por la representación judicial de parte demandante recurrente contra la sentencia de fecha 24/10/2018, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
SEGUNDO: se CONFIRMA PARCIALMENTE la sentencia RECURRIDA.
TERCERO: Se CONFIRMA la Providencia Administrativa N° 01944 de fecha 28/11/2016 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara "Pio Tamayo" sede Barquisimeto, que a su vez declaró SIN LUGAR el procedimiento de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoado por los ciudadanos PAUSIDES ORLANDO SANCHEZ contra la entidad de trabajo CENTRAL MADEIRENSE C.A. (Exp N° 005-2015-01-00260).
CUARTO: No hay condenatorias en costas, dada la naturaleza de este asunto
QUINTO: Se ordena notificar de la presente decisión al Procurador General de la República conforme al artículo 98 de la Ley Orgánica de la Pro.....