declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos Manuel de Jesús Bravo y Danis Coromoto Lobo, debidamente asistidos por la abogada Erika Torres León, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 17.09.1975, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía del Departamento Libertador del Distrito Federal, según consta en la partida de matrimonio distinguida con el Nº 492, inserta en el folio 492 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 1.975