En este estado se da así inicio a la Prolongación de la Audiencia Preliminar, a cuyos efectos las partes han llegado al siguiente acuerdo: La parte Demandada ESTAKA C.A., a través de su apoderad judicial JIMMY MONTENEGRO, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°58.618, ofrece en este acto cancelar a la parte Actora JUAN ALBERTO CASTILLO CASTRO, cédula de identidad N°23.662.526, la cantidad de TRES MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA BOLÍVARES CON CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.3.906.740,59), mediante cheque, a nombre del ciudadano JUAN ALBERTO CASTILLO CASTRO, cédula de identidad N°23.662.526, el cual se hará entrega el día seis (06) de junio del corriente, a cuyos efectos la apoderada judicial de la parte Actora, se compromete a consignar por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), de este Circuito Judicial del Trabajo, copia simple del instrumento valor, el día seis (06) de junio de 2007; dicho monto corresponde a los conceptos recla.....