Se dictó Sentencia Definitiva, mediante el cual se declaró, en forma sumaria RECTIFICA la partida de nacimiento asentada con el N° 211, Folio 211, Tomo 1, del año 1980, emitida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del entonces Distrito Sucre del Estado Miranda (hoy Municipio Chacao) respecto al número de cédula de identidad de la madre, ciudadana Isabel María Méndez Mota, por cuanto se incurrió en un error material, dado que se asentó como 8.213.431, siendo lo correcto 4.558.176. Así se decide.
Como consecuencia de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 502 del Código Civil, una vez ejecutoriada la sentencia, se insertará íntegra en los Registros, sin hacer alteración de la partida rectificada, poniendo a su margen la nota marginal correspondiente. Líbrense los oficios a los Registros respectivos y anéxese copias certificadas de la presente decisión. Líbrese ofici.....