declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos Nelson Jesús Martin García y Lilian Alexandra Rivera de Martin, debidamente asistidos por la abogada Mileidy Martínez Mata, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron por ante el extinto Juzgado Tercero de Parroquia del Departamento Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas), según consta en la partida de matrimonio distinguida con el N° 350, de fecha 25.10.1985, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 1.985