En fuerza de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado NICOLAS JIMENEZ VASQUEZ contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial de fecha 28 de julio de 2008.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el alegato del demandante en el sentido que ha de desecharse la prueba de inspección judicial promovida por la parte demandada, admitida y evacuada por ese juzgado, por ilegal, inoficiosa e irrelevante.
TERCERO: PROCEDENTE la excepción NON ADIMPLETI CONTRACTUS, o excepción de contrato no cumplido, prevista en el artículo 1.168 del Código Civil, opuesta por la parte demandada DISTRIB.....